Rectificación a la Decisión 98/33/CE de la Comisión, de 28 de noviembre de 1997, por la que se aprueba el programa de erradicación de la brucelosis bovina para 1998 presentado por España y por la que se fija la cuantía de la participación financiera comunitaria.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1998-81745
Número oficial:
DOUE-L-1998-81745
Publicación:
29/09/1998
Departamento:
Comunidades Europeas

En la página 7, en el artículo 3, en el apartado 1:

en lugar de: «1. La contribución financiera de la Comunidad queda fijada en el 50% de los gastos de las pruebas y de los que correspondan a España en concepto de compensación a los propietarios de los animales que deban ser sacrificados con un importe máximo de 2 500 000 ecus.»,

léase: «1. La contribución financiera de la Comunidad queda fijada en el 50% de los gastos que correspondan a España en concepto de compensación a los propietarios de los animales que deban ser sacrificados con un importe máximo de 2 500 000 ecus.».

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