Rectificación a la Decisión 97/73/CE de la Comisión, de 28 de noviembre de 1996, por la que se aprueba el programa de erradicación de la brucelosis ovina, y caprina para 1997 presentado por España y por la que se fija la cuantía de la participación financiera comunitaria.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1997-81098
Número oficial:
DOUE-L-1997-81098
Publicación:
17/06/1997
Departamento:
Comunidades Europeas

En la página 33, en el artículo 3, el apartado 1 se sustituirá por el texto siguiente:

«1. La contribución financiera de la Comunidad queda fijada en el 50% de los gastos que correspondan a España en concepto de compensación a los propietarios de los animales que deben ser sacrificados con un importe

máximo de 8 100 000 ecus.».

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