Recomendación del Consejo, de 12 de marzo de 1990, por la que se aprueba la ejecución por la Comisión de las operaciones del Fondo Europeo de Desarrollo (1984) (sexto FED) para el ejercicio 1988.

Vigente Recomendación Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1990-80233
Número oficial:
DOUE-L-1990-80233
Publicación:
20/03/1990
Departamento:
Comunidades Europeas

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 206 ter,

Visto el tercer Convenio ACP-CEE, firmado en Lomé el 8 de diciembre de 1984,

Vista la Decisión 86/283/CEE del Consejo, de 30 de junio de 1986, relativa a la asociación de los países y territorios de ultramar a la Comunidad Económica Europea (1),

Visto el Acuerdo interno relativo a la financiación y a la gestión de las ayudas de la Comunidad (2), firmado en Bruselas el 19 de febrero de 1985, modificado por la Decisión 86/281/CEE (3), y en particular el apartado 3 de su artículo 29,

Visto el Reglamento financiero de 11 de noviembre de 1986, aplicable al sexto Fondo Europeo de Desarrollo (4), y en particular sus artículos 66 a 73,

Habiendo examinado la cuenta de gestión y el balance referentes a las operaciones del Fondo Europeo de Desarrollo (1984) (sexto FED) aprobados el 31 de diciembre de 1988, así como el informe del Tribunal de Cuentas relativo al ejercicio 1988, acompañado de las respuestas de la Comisión (5),

Considerando que, en virtud del apartado 3 del artículo 29 del acuerdo interno, la aprobación de la gestión llevada a cabo por la Comisión del Fondo Europeo de Desarrollo (1984) (sexto FED) se efectuará por el Parlamento Europeo previa recomendación del Consejo;

Considerando que la ejecución, en su conjunto, de las operaciones del Fondo Europeo de Desarrollo (1984) (sexto FED) durante el ejercicio 1988, por la Comisión, ha sido satisfactoria,

RECOMIENDA

al Parlamento Europeo la aprobación por parte de la Comisión de la ejecución de las operaciones del Fondo Europeo de Desarrollo (1984) (sexto FED) para el ejercicio 1988.

Hecho en Bruselas, el 12 de marzo de 1990.

Por el Consejo

El Presidente

A. REYNOLDS

(1) DO no L 175 de 1. 7. 1986, p. 1.

(2) DO no L 86 de 31. 3. 1986, p. 210.

(3) DO no L 178 de 2. 7. 1986, p. 13.

(4) DO no L 325 de 20. 11. 1986, p. 42.

(5) DO no C 312 de 12. 12. 1989, pp. 181, 335.

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