( 85/386/CEE )
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Aprobando la Directiva 85/384/CEE del Consejo , de 10 de junio de 1985 , tendente al reconocimiento mutuo de los diplomas , certificados y demás títulos en el ámbito de la arquitectura y que contiene medidas destinadas a facilitar el ejercicio efectivo del derecho de establecimiento y de libre prestación de servicios (1) ;
Comprobando que la citada Directiva sólo afecta a los diplomas , certificados y demás títulos expedidos a los nacionales de los Estados miembros por los demás Estados miembros ;
Preocupados sin embargo por tener en cuenta la situación especial de los nacionales de los Estados miembros que han realizado sus estudios en un tercer país y que son titulares de un diploma en el ámbito de la arquitectura reconocido por la legislación de un Estado miembro ,
RECOMIENDA :
a los gobiernos de los Estados miembros facilitar a las personas a que se ha hecho referencia , el acceso a las actividades del ámbito de la arquitectura y su ejercicio dentro de la Comunidad , reconociendo dichos diplomas en sus territorios .
Hecho en Luxemburgo , el 10 de junio de 1985 .
Por el Consejo
El Presidente
M. FIORET
(1) DO n º L 223 de 21 . 8 . 1985 , p. 15 .