Orientación (UE) 2024/1210 del Banco Central Europeo, de 16 de abril de 2024, por la que se modifica la Orientación (UE) 2019/671 sobre las operaciones internas de gestión de activos y pasivos por los bancos centrales nacionales (BCE/2019/7) (BCE/2024/12).

Vigente Otros Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2024-80641
Número oficial:
DOUE-L-2024-80641
Publicación:
03/05/2024
Departamento:
Unión Europea

 

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 127, apartado 2, primer guion,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y en particular sus artículos 12.1 y 14.3,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Consejo de Gobierno revisó la remuneración de los depósitos no relacionados con la ejecución de la política monetaria («depósitos no relacionados con la política monetaria») mantenidos en los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro (en lo sucesivo, «BCN») y en el Banco Central Europeo (BCE). La finalidad de la revisión era evitar las posibles interferencias de dichos depósitos con la política monetaria única y, a la vez, garantizar el respeto al principio de una economía de mercado abierta y el tratamiento coherente de depósitos análogos dentro del Eurosistema.

(2)

A raíz de la revisión, el Consejo de Gobierno decidió que era necesaria una mayor transparencia acerca de la remuneración de los depósitos no relacionados con la política monetaria. Los tipos retributivos de estos depósitos se establecen en varios actos jurídicos distintos. Para mejorar la transparencia, además de la coherencia entre los actos jurídicos correspondientes, procede que los tipos retributivos se establezcan cabalmente en un solo acto jurídico que facilite su comunicación y futuros ajustes.

(3)

Por consiguiente, las normas sobre remuneración establecidas en la Orientación (UE) 2019/671 del Banco Central Europeo (BCE/2019/7) (1) deben sustituirse por referencias a las disposiciones pertinentes del acto jurídico único que establece la remuneración de los depósitos no relacionados con la política monetaria, que es la Decisión (UE) 2024/1209 del Banco Central Europeo (BCE/2024/11) (2).

(4)

Además, algunas definiciones incluidas en la Orientación (UE) 2019/671 (BCE/2019/7) son ahora superfluas y deben suprimirse.

(5)

Por seguridad jurídica, es preciso adaptar la fecha de aplicación de la presente Orientación a la fecha de aplicación de la Decisión (UE) 2024/1209 (BCE/2024/11). Por consiguiente, la presente Orientación debe aplicarse desde el 1 de diciembre de 2024.

(6)

Debe modificarse en consecuencia la Orientación (UE) 2019/671 (BCE/2019/7).

HA ADOPTADO LA PRESENTE ORIENTACIÓN:

Artículo 1

Modificaciones

La Orientación (UE) 2019/671 (BCE/2019/7) se modifica como sigue:

1)

El artículo 2 se modifica como sigue:

a)

se suprime el punto 2;

b)

se suprime el punto 7;

c)

se suprime el punto 9;

d)

se suprime el punto 10.

2)

El artículo 4 se sustituye por el siguiente:

«Artículo 4

Límites a la remuneración de los depósitos no relacionados con la política monetaria

La remuneración de los depósitos de las administraciones públicas, incluidos los relacionados con programas de ajuste, y de los demás depósitos no relacionados con la política monetaria comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente Orientación, se regirá por las normas específicas del artículo 2, apartado 1, de la Decisión (UE) 2024/1209 del Banco Central Europeo (BCE/2024/11) (*1).

(*1)  Decisión (UE) 2024/1209 del Banco Central Europeo, de 16 de abril de 2024, sobre la remuneración de los depósitos no relacionados con la política monetaria mantenidos en los bancos centrales nacionales y en el Banco Central Europeo (BCE/2024/11) (DO L, 2024/1209, 3.5.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/1209/oj).»."

Artículo 2

Entrada en vigor y aplicación

1.   La presente Orientación entrará en vigor el día de su notificación a los BCN.

2.   Los BCN aplicarán la presente Orientación desde el 1 de diciembre de 2024.

Artículo 3

Destinatarios

La presente Orientación se dirige a los BCN.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 16 de abril de 2024.

Por el Consejo de Gobierno del BCE

La Presidenta del BCE

Christine LAGARDE

 

(1)  Orientación (UE) 2019/671 del Banco Central Europeo, de 9 de abril de 2019, sobre las operaciones internas de gestión de activos y pasivos por los bancos centrales nacionales (BCE/2019/7) (DO L 113 de 29.4.2019, p. 11).

(2)  Decisión (UE) 2024/1209 del Banco Central Europeo, de 16 de abril de 2024, sobre la remuneración de los depósitos no relacionados con la política monetaria mantenidos en los bancos centrales nacionales y en el Banco Central Europeo (BCE/2024/11) (DO L, 2024/1209, 3.5.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/1209/oj).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

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