Orientación del Banco Central Europeo, de 20 de abril de 2006, por la que se modifica la Orientación BCE/2002/7 sobre las exigencias de información estadística del Banco Central Europeo en materia de cuentas financieras trimestrales (BCE/2006/6).

Vigente Otros Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2006-80698
Número oficial:
DOUE-L-2006-80698
Publicación:
28/04/2006
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, en particular, los artículos 5.1, 5.2, 12.1 y 14.3,

Considerando lo siguiente:

(1) La Orientación BCE/2002/7, de 21 de noviembre de 2002, sobre las exigencias de información estadística del Banco Central Europeo en materia de cuentas financieras trimestrales (1), fue modificada por la Orientación BCE/2005/13 (2). La Orientación BCE/2005/13 contenía exenciones actualizadas de las exigencias de información estadística de ciertos Estados miembros. Tras examinarse dichas exenciones, se han introducido otras con respecto a un Estado miembro.

(2) De conformidad con los artículos 12.1 y 14.3 de los Estatutos, las orientaciones del BCE son parte integrante del Derecho comunitario.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ORIENTACIÓN:

Artículo 1

El anexo III de la Orientación BCE/2002/7, sustituido por el anexo III de la Orientación BCE/2005/13, queda modificado de conformidad con el anexo de la presente orientación.

Artículo 2

La presente orientación entrará en vigor el día siguiente a su notificación.

Artículo 3

La presente orientación se dirige a los BCN de los Estados miembros participantes.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 20 de abril de 2006.

Por el Consejo de Gobierno del BCE

El Presidente del BCE

Jean-Claude TRICHET

_______________

(1) DO L 334 de 11.12.2002, p. 24.

(2) Orientación BCE/2005/13, de 17 de noviembre de 2005, por la que se modifica la Orientación BCE/2002/7 sobre las exigencias de información estadística del Banco Central Europeo en materia de cuentas financieras trimestrales (DO L 30 de 2.2.2006, p. 1).

ANEXO

El anexo III de la Orientación BCE/2002/7, sustituido por el anexo III de la Orientación BCE/2005/13, queda modificado como sigue:

En el cuadro 1 (Datos actuales) se inserta la siguiente sección entre las secciones tituladas «Italia» y «Países Bajos»:

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 47 Y 48

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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