Enmiendas al Reglamento nº 44 [2020/1223] de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes relativas a la homologación de sistemas de retención de niños ocupantes de vehículos de motor («sistemas de retención infantil») [2021/1162].

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2021-80974
Número oficial:
DOUE-L-2021-80974
Publicación:
15/07/2021
Departamento:
Unión Europea

Solo los textos originales de la CEPE surten efectos jurídicos con arreglo al Derecho internacional público. La situación y la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento deben verificarse en la última versión del documento de la CEPE «TRANS/WP.29/343», que puede consultarse en la dirección: https://unece.org/status-1958-agreement-and-annexed-regulations

Enmiendas al Reglamento nº 44 [2020/1223] de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes relativas a la homologación de sistemas de retención de niños ocupantes de vehículos de motor («sistemas de retención infantil») [2021/1162]

Enmiendas al Reglamento nº 44, publicado en el DO L 285 de 1.9.2020.

Suplemento 18 de la serie 04 de enmiendas. Fecha de entrada en vigor: 9 de junio de 2021

El presente documento tiene valor meramente informativo. El texto auténtico y jurídicamente vinculante es el siguiente: ECE/TRANS/WP.29/2020/111.

El punto 6.1.3 queda modificado como sigue:

«6.1.3.

Según la categoría a la que pertenezca, el sistema de retención infantil deberá estar sujeto a la estructura del vehículo o a la del asiento.

Configuraciones posibles para la homologación

Cuadro de grupos/categorías

Categoría de grupo

Universal (1)

Semiuniversal (2)

Restringida

Específica para un vehículo

SRI

SRI ISOFIX

SRI

SRI ISOFIX

SRI

SRI ISOFIX

SRI

SRI ISOFIX

0

Capazo

A (3)

NA

A (3)

A (3)

A (3)

NA

A (3)

A (3)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Orientado hacia atrás

A (3)

NA

A (3)

A (3)

A (3)

NA

A (3)

A (3)

0+

Orientado hacia atrás

A (3)

NA

A (3)

A (3)

A (3)

NA

A (3)

A (3)

I

Orientado hacia atrás

A (3)

NA

A (3)

A (3)

A (3)

NA

A (3)

A (3)

Orientado hacia delante (integral)

A (3)

A (3)

A (3)

A (3)

A (3)

NA

A (3)

A (3)

Orientado hacia delante (no integral)

NA

NA

NA

NA

NA

NA

NA

NA

Orientado hacia delante (no integral, véase el punto 6.1.12)

A (3)

NA

A (3)

NA

A (3)

NA

A (3)

A (3)

II

Orientado hacia atrás

A (3)

NA

A (3)

NA

A (3)

NA

A (3)

A (3)

Orientado hacia delante (integral)

A (3)

NA

A (3)

NA

A (3)

NA

A (3)

A (3)

Orientado hacia delante (no integral)

A (3)

NA

A (3)

NA

A (3)

NA

A (3)

A (3)

III

Orientado hacia atrás

A (3)

NA

A (3)

NA

A (3)

NA

A (3)

A (3)

Orientado hacia delante (integral)

A (3)

NA

A (3)

NA

A (3)

NA

A (3)

A (3)

Orientado hacia delante (no integral)

A (3)

NA

A (3)

NA

A (3)

NA

A (3)

A (3)

Donde:

SRI: Sistema de retención infantil

A: Aplicable

NA: No aplicable

(1)

Un SRI ISOFIX universal es un sistema de retención infantil orientado hacia delante para su utilización en vehículos con plazas equipadas con un sistema de anclajes ISOFIX y un anclaje de sujeción superior.

(2)

Un SRI ISOFIX semiuniversal es:

— un sistema de retención infantil orientado hacia delante con un pie de apoyo o

— un sistema de retención infantil orientado hacia atrás con un pie de apoyo o una correa de sujeción superior para su utilización en vehículos con un sistema de anclajes ISOFIX y un anclaje de sujeción superior, en caso necesario, o

— un sistema de retención infantil orientado hacia atrás y apoyado en el salpicadero del vehículo, para su utilización en el asiento de pasajero delantero con un sistema de anclajes ISOFIX, o

— un sistema de retención infantil orientado lateralmente con un dispositivo antirrotación, en caso necesario, para su utilización en vehículos con un sistema de anclajes ISOFIX y un anclaje de sujeción superior, en caso necesario.

(3)

Las nuevas homologaciones y extensiones se concederán de conformidad con lo dispuesto en los puntos 17.16 a 17.23.».

El punto 17.21 queda modificado como sigue:

«17.21.

A partir del 1 de septiembre de 2023, no se concederán extensiones con arreglo al presente Reglamento a los sistemas de retención infantil que no pertenezcan al grupo 3.».

Se insertan los nuevos puntos 17.22 a 17.25, redactados de la manera siguiente:

«17.22.

A partir del 1 de septiembre de 2021, las Partes contratantes que apliquen el presente Reglamento no estarán obligadas a aceptar homologaciones de tipo expedidas por primera vez después del 1 de septiembre de 2021 con arreglo a dicho Reglamento.

17.23.

Hasta el 1 de septiembre de 2023, las Partes contratantes que apliquen el presente Reglamento aceptarán las homologaciones de tipo expedidas por primera vez antes del 1 de septiembre de 2021 con arreglo a la serie 04 de enmiendas de dicho Reglamento.

17.24.

A partir del 1 de septiembre de 2023, las Partes contratantes que apliquen el presente Reglamento no estarán obligadas a aceptar las homologaciones de tipo expedidas con arreglo a dicho Reglamento.

17.25.

No obstante lo dispuesto en los puntos 17.22 y 17.24, las Partes contratantes que apliquen el presente Reglamento seguirán aceptando las homologaciones de tipo de los sistemas de retención infantil “integrados” específicos de un vehículo expedidas con arreglo a la serie 04 de enmiendas de dicho Reglamento.».

Leyes relacionadas

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

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