Directiva de Ejecución (UE) 2021/2171 de la Comisión de 7 de diciembre de 2021 por la que se modifica la Directiva 66/402/CEE del Consejo en lo que respecta a los pesos de un lote de semillas y de las muestras de Avena nuda.

Vigente Directiva Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2021-81718
Número oficial:
DOUE-L-2021-81718
Publicación:
08/12/2021
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 66/402/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1966, relativa a la comercialización de las semillas de cereales (1), y en particular su artículo 21 bis,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Directiva de Ejecución (UE) 2021/415 de la Comisión (2) modificó la Directiva 66/402/CEE y, debido a un error material, se suprimió el nombre de la especie Avena nuda de la entrada de la tercera fila de la primera columna del cuadro del anexo III de la Directiva 66/402/CEE. Como resultado, el peso máximo de un lote, y el peso mínimo de una muestra, de semillas de la especie Avena nuda ya no están regulados. Por tanto, procede restablecer el nombre suprimido de la especie Avena nuda.

(2)

Procede, por tanto, modificar la Directiva 66/402/CEE en consecuencia.

(3)

Por razones de seguridad jurídica, la fecha de transposición establecida en la presente Directiva debe coincidir con la establecida en la Directiva de Ejecución (UE) 2021/415.

(4)

Las medidas previstas en la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

Artículo 1

Modificación de la Directiva 66/402/CEE

En el anexo III de la Directiva 66/402/CEE, la entrada de la tercera fila de la primera columna del cuadro se sustituye por el texto siguiente:

«Avena nuda, Avena sativa, Avena strigosa, Hordeum vulgare, Triticum aestivum subsp. aestivum, Triticum turgidum subsp. durum, Triticum aestivum subsp. spelta, Secale cereale y xTriticosecale».

Artículo 2

Transposición

1.   Los Estados miembros adoptarán y publicarán, a más tardar el 31 de enero de 2022, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva. Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones.

Aplicarán dichas disposiciones a partir del 1 de febrero de 2022.

Cuando los Estados miembros adopten las mencionadas disposiciones, estas harán referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.

2.   Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las principales disposiciones de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva.

Artículo 3

Entrada en vigor

La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Artículo 4

Destinatarios

Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 7 de diciembre de 2021.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

 

 

(1)  DO 125 de 11.7.1966, p. 2309.

(2)  Directiva de Ejecución (UE) 2021/415 de la Comisión, de 8 de marzo de 2021, por la que se modifican las Directivas 66/401/CEE y 66/402/CEE del Consejo con el fin de adaptar los grupos taxonómicos y los nombres de determinadas especies de semillas y malas hierbas a la evolución de los conocimientos científicos y técnicos (DO L 81 de 9.3.2021, p. 65).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

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