Decisión (UE) 2026/681 de la Comisión, de 20 de marzo de 2026, por la que se confían determinadas medidas de ejecución y cumplimiento a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) en virtud del Reglamento (UE) 2024/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los traslados de residuos.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2026-80469
Número oficial:
DOUE-L-2026-80469
Publicación:
27/03/2026
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

Los artículos 67 a 71 del Reglamento (UE) 2024/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo (1) facultan a la Comisión para efectuar inspecciones y acciones de coordinación en relación con los traslados ilícitos de residuos que sean de naturaleza compleja y puedan tener efectos adversos graves para la salud humana o el medio ambiente y cuando la investigación necesaria tenga una dimensión transfronteriza en la que participen al menos dos países.

(2)

De conformidad con el considerando 63 del Reglamento (UE) 2024/1157, la Comisión podrá plantearse, como cuestión de organización interna, la posibilidad de confiar determinadas medidas de ejecución y cumplimiento previstas en el presente Reglamento a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), que posee los conocimientos especializados pertinentes a este respecto.

(3)

Por consiguiente, el ejercicio de las competencias conferidas a la Comisión por los artículos 67 a 71 del Reglamento (UE) 2024/1157 debe confiarse a la OLAF, como parte de las tareas de la OLAF, de conformidad con el artículo 2, apartado 1, último párrafo, de la Decisión 1999/352/CE, CECA, Euratom de la Comisión (2).

(4)

La OLAF debe tener acceso a la información pertinente que obre en poder de los servicios de la Comisión y de las agencias ejecutivas para ejercer las competencias que le confiere la presente Decisión.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se confían a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (en lo sucesivo, la «OLAF») las competencias conferidas a la Comisión en los artículos 67 a 71 del Reglamento (UE) 2024/1157, que serán ejercidas por la OLAF en las condiciones establecidas en las presentes disposiciones y en el artículo 3 de la Decisión 1999/352/CE, CECA, Euratom.

Artículo 2

De conformidad con el artículo 2, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/1157 relativo a su ámbito de aplicación, los servicios de la Comisión y las agencias ejecutivas transmitirán sin demora a la OLAF toda la información, documentos o datos pertinentes relativos a una sospecha de traslados ilícitos de residuos que sean competencia de la OLAF.

Los servicios y agencias ejecutivas a que se refiere el párrafo primero transmitirán sin demora a la OLAF, a petición de esta o por iniciativa propia, toda la información, documentos o datos pertinentes relativos a posibles casos de traslado ilícito de residuos o a las acciones en curso emprendidas por la OLAF en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2024/1157.

Artículo 3

En el ejercicio de las competencias conferidas a la OLAF en virtud de la presente Decisión, la OLAF tendrá derecho a acceder directamente a toda la información pertinente en las bases de datos que obre en poder de los servicios y agencias ejecutivas a que se refiere el artículo 2, apartado 1, y en particular al sistema central a que se refiere el artículo 27, apartado 3, del Reglamento (UE) 2024/1157.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 20 de marzo de 2026.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

 

(1)  Reglamento (UE) 2024/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a los traslados de residuos, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.° 1257/2013 y (UE) 2020/1056, y se deroga el Reglamento (CE) n.° 1013/2006 (DO L, 2024/1157, 30.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1157/oj).

(2)  Decisión 1999/352/CE, CECA, Euratom de la Comisión, de 28 de abril de 1999, por la que se crea la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (DO L 136 de 31.5.1999, p. 20, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1999/352/oj).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

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