EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 100, apartado 2, en relación con su artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v),
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Vista la aprobación del Parlamento Europeo (1),
Considerando lo siguiente:
(1) De conformidad con la Decisión (UE) 2024/1698 del Consejo (2), el Acuerdo entre la Unión Europea y la República Popular de Bangladesh sobre determinados aspectos de los servicios aéreos (en lo sucesivo, «Acuerdo») fue firmado el 7 de junio de 2024, a reserva de su celebración en una fecha posterior.
(2) El objetivo del Acuerdo es adaptar los acuerdos bilaterales de servicios aéreos entre siete Estados miembros y la República Popular de Bangladesh al Derecho de la Unión.
(3) Procede aprobar el Acuerdo.
(4) De conformidad con lo dispuesto en los Tratados, la Comisión debe efectuar las notificaciones previstas en el artículo 8, apartado 1, del Acuerdo.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo entre la Unión Europea y la República Popular de Bangladesh sobre determinados aspectos de los servicios aéreos (en lo sucesivo, «Acuerdo») (3).
Artículo 2
La Comisión procederá, en nombre de la Unión, a efectuar la notificación prevista en el artículo 8, apartado 1, del Acuerdo, a efectos de expresar el consentimiento de la Unión en quedar obligada por el Acuerdo.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción (4).
Hecho en Bruselas, el 24 de marzo de 2025.
Por el Consejo
El Presidente
C. SIEKIERSKI
(1) Aprobación de 11 de febrero de 2025.
(2) Decisión (UE) 2024/1698 del Consejo, de 14 de diciembre de 2015, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y la aplicación provisional del Acuerdo entre la Unión Europea y la República Popular de Bangladesh sobre determinados aspectos de los servicios aéreos (DO L, 2024/1698, 26.6.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/1698/oj).
(3) El texto del Acuerdo está publicado en el DO L, 2024/1699, 26.6.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2024/1699/oj.
(4) Se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.