Decisión (UE) 2025/2419 del Banco Central Europeo, de 18 de noviembre de 2025, sobre la aprobación del volumen de emisión de monedas en 2026 (BCE/2025/37).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2025-81826
Número oficial:
DOUE-L-2025-81826
Publicación:
28/11/2025
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ EJECUTIVO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 128, apartado 2,

Vista la Decisión (UE) 2015/2332 del Banco Central Europeo, de 4 de diciembre de 2015, sobre el procedimiento de aprobación del volumen de emisión de monedas en euros (BCE/2015/43) (1), y en particular su artículo 2, apartado 9,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Banco Central Europeo (BCE) tiene el derecho exclusivo de aprobar el volumen de emisión de monedas por los Estados miembros cuya moneda es el euro (en lo sucesivo, «Estados miembros de la zona del euro»).

(2)

Los 20 Estados miembros de la zona del euro y Bulgaria, que adoptará el euro como moneda única a partir del 1 de enero de 2026, han sometido a la aprobación del BCE sus solicitudes de volumen de emisión de monedas en 2026, acompañadas de notas explicativas sobre los métodos utilizados en sus previsiones. Algunos de estos Estados miembros de la zona del euro han presentado además información complementaria sobre las monedas destinadas a la circulación por disponer de dicha información y considerarla importante para justificar sus solicitudes.

(3)

Puesto que el derecho de los Estados miembros de la zona del euro a emitir monedas en euros se somete a la aprobación por el BCE del volumen de emisión, en virtud del artículo 3, apartado 1, de la Decisión (UE) 2015/2332 (BCE/2015/43), los Estados miembros de la zona del euro no pueden sobrepasar en ningún momento en 2026, sin la previa autorización del BCE, el volumen de emisión aprobado por este.

(4)

Conforme al artículo 2, apartado 9, de la Decisión (UE) 2015/2332 (BCE/2015/43), y dado que no se requiere la modificación del volumen de emisión de monedas solicitado, el Comité Ejecutivo está facultado para adoptar la presente Decisión sobre la aprobación anual de las solicitudes de los Estados miembros de la zona del euro y Bulgaria respecto del volumen de emisión de monedas en 2026.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Definiciones

A efectos de la presente Decisión, se aplicarán las definiciones del artículo 1 de la Decisión (UE) 2015/2332 (BCE/2015/43).

Artículo 2

Aprobación del volumen de emisión de monedas en euros en 2026

El BCE aprueba el siguiente volumen de emisión de monedas en euros en 2026 por los Estados miembros de la zona del euro:

 

Volumen de emisión de monedas en euros aprobado para 2026

Monedas destinadas a la circulación

Monedas de colección (no destinadas a la circulación)

Volumen de emisión de monedas

(millones EUR)

(millones EUR)

(millones EUR)

Bélgica

56,00

0,30

56,30

Bulgaria

163,64

0,63

164,27

Alemania

354,50

203,50

558,00

Estonia

9,00

0,33

9,33

Irlanda

35,96

0,50

36,46

Grecia

149,90

0,68

150,58

España

259,42

40,00

299,42

Francia

282,00

60,00

342,00

Croacia

61,75

0,43

62,18

Italia

254,25

4,15

258,40

Chipre

6,10

0,01

6,11

Letonia

8,50

0,20

8,70

Lituania

12,00

0,55

12,55

Luxemburgo

13,00

0,40

13,40

Malta

7,60

12,00

19,60

Países Bajos

24,00

1,00

25,00

Austria

106,23

176,11

282,34

Portugal

29,90

1,40

31,30

Eslovenia

20,00

1,00

21,00

Eslovaquia

26,00

3,30

29,30

Finlandia

10,00

5,00

15,00

Total

1 889,75

511,49

2 401,24

Artículo 3

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día de su notificación a los destinatarios.

Artículo 4

Destinatarios

La presente Decisión se dirige a los Estados miembros cuya moneda es el euro y Bulgaria.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 18 de noviembre de 2025.

La Presidenta del BCE

Christine LAGARDE

 

(1)   DO L 328 de 12.12.2015, p. 123, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2015/2332/oj.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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Reglamento 06/05/2026

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Recomendación 08/05/2026

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