Decisión (UE) 2024/902 del Banco Central Europeo, de 12 de marzo de 2024, por la que se modifica la Decisión (UE) 2021/1486 por la que se adoptan normas internas sobre la limitación de los derechos de los interesados relacionada con las funciones del Banco Central Europeo respecto de la supervisión prudencial de las entidades de crédito (BCE/2021/42) (BCE/2024/10).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2024-80413
Número oficial:
DOUE-L-2024-80413
Publicación:
22/03/2024
Departamento:
Unión Europea

 

EL COMITÉ EJECUTIVO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, en particular el artículo 11.6,

Visto el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (1), en particular el artículo 25,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 3, apartado 6, de la Decisión (UE) 2021/1486 del Banco Central Europeo (BCE/2021/42) (2), la decisión de que el responsable del tratamiento de datos limite los derechos de un interesado se tomará al nivel del jefe o subjefe en cuyo departamento se lleve a cabo la actividad de tratamiento principal que afecte a los datos personales.

(2)

El artículo 3, apartado 6, de la Decisión (UE) 2021/1486 (BCE/2021/42) no especifica las circunstancias en las que la decisión de limitar los derechos de un interesado se tomará a nivel del subjefe. Por lo tanto, debe aclararse que se trata de casos en los que el responsable del departamento pertinente no está disponible (por ejemplo, si se encuentra de vacaciones o de baja por enfermedad), tiene un conflicto de intereses real o percibido, o tiene acceso a información confidencial relevante.

(3)

Además, el artículo 3, apartado 6, de la Decisión (UE) 2021/1486 (BCE/2021/42) no contempla el caso de un departamento sin subjefe. Debe aclararse que, en tal caso, y cuando el responsable del departamento pertinente no esté disponible, tenga un conflicto de intereses real o percibido, o tenga acceso a información confidencial relevante, la decisión de limitar los derechos de un interesado se tomará a nivel del superior jerárquico que, dadas las circunstancias, sea competente para ello.

(4)

 

 

(5)

Por último, el artículo 3, apartado 6, de la Decisión (UE) 2021/1486 (BCE/2021/42) no especifica el nivel al que se tomará una decisión sobre la limitación de los derechos de un interesado en el caso de una función que no esté asignada a un departamento. Debe aclararse que dicha decisión se tomará al nivel del titular de la función en la que se lleve a cabo la actividad de tratamiento principal que afecte a los datos personales.

 

Debe modificarse en consecuencia la Decisión (UE) 2021/1486 (BCE/2021/42).

 

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Modificaciones

El artículo 3 de la Decisión (UE) 2021/1486 (BCE/2021/42) se modifica como sigue:

1) El apartado 6 se sustituye por el siguiente:

«6.   La decisión de que el responsable del tratamiento de datos limite los derechos de un interesado en virtud de los apartados 1 o 2 se tomará al nivel del jefe en cuyo departamento se lleve a cabo la actividad de tratamiento principal que afecte a los datos personales. Si la actividad de tratamiento principal la lleva a cabo una función que no forme parte de un departamento, dicha decisión se tomará al nivel del titular de la función.»;

2) Se añade el siguiente apartado 7:

«7.   A efectos del apartado 6, cuando el jefe del departamento pertinente no esté disponible debido a su ausencia, o tenga un conflicto de intereses real o percibido, o tenga acceso a información confidencial relevante, la decisión de que el responsable del tratamiento de datos limite los derechos de un interesado en virtud de los apartados 1 o 2 la tomará el subjefe del departamento en el que se lleve a cabo la actividad de tratamiento principal que afecte a los datos personales.

Cuando no haya subjefe adjunto, la decisión la tomará el superior jerárquico competente para ello en caso de ausencia, conflicto de intereses o acceso a la información confidencial relevante del jefe del departamento pertinente.».

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente decisión entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 12 de marzo de 2024.

La Presidenta del BCE

Christine LAGARDE

(1)   DO L 295 de 21.11.2018, p. 39.

(2)  Decisión (UE) 2021/1486 del Banco Central Europeo, de 7 de septiembre de 2021, por la que se adoptan normas internas sobre la limitación de los derechos de los interesados relacionada con las funciones del Banco Central Europeo respecto de la supervisión prudencial de las entidades de crédito (BCE/2021/42) (DO L 328 de 16.9.2021, p. 15).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida