Decisión (UE) 2023/673 del Banco Central Europeo de 14 de marzo de 2023 por la que se designan jefes de unidades de trabajo que adopten decisiones delegadas relativas a las inspecciones in situ y a las investigaciones de modelos internos (BCE/2023/6).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2023-80435
Número oficial:
DOUE-L-2023-80435
Publicación:
23/03/2023
Departamento:
Unión Europea

 

EL COMITÉ EJECUTIVO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y en particular su artículo 11.6,

Vista la Decisión (UE) 2017/933 del Banco Central Europeo, de 16 de noviembre de 2016, sobre el régimen general de delegación de facultades de decisión respecto de instrumentos jurídicos relativos a las funciones de supervisión (BCE/2016/40) (1), y en particular sus artículos 4 y 5,

Vista la Decisión (UE) 2023/672 del Banco Central Europeo, de 10 de marzo de 2023, sobre la delegación de la facultad de adoptar decisiones relativas a las inspecciones in situ y a las investigaciones de modelos internos (BCE/2023/5) (2), y en particular su artículo 3,

Vista la Decisión BCE/2004/2 del Banco Central Europeo, de 19 de febrero de 2004, por la que se adopta el Reglamento interno del Banco Central Europeo (3), y en particular su artículo 10,

Considerando lo siguiente:

(1)

En vista del gran número de decisiones que debe adoptar el Banco Central Europeo (BCE) en el desempeño de sus funciones de supervisión, se ha establecido un procedimiento para adoptar ciertas decisiones delegadamente.

(2)

La decisión de delegación es efectiva una vez que el Comité Ejecutivo adopte una decisión por la que designa a uno o más jefes de unidades de trabajo para que tomen decisiones en virtud de una decisión de delegación.

(3)

Al designar a los jefes de unidades de trabajo, el Comité Ejecutivo debe tener en cuenta la importancia de la decisión de delegación y el número de destinatarios de las decisiones delegadas.

(4)

De acuerdo con el artículo 10.1 de la Decisión BCE/2004/2 del Banco Central Europeo, corresponde al Comité Ejecutivo decidir el número, el nombre y las competencias respectivas de las unidades de trabajo del BCE.

(5)

Se ha consultado al presidente del Consejo de Supervisión acerca de los jefes de unidades de trabajo en quienes debe delegarse la facultad de adoptar decisiones relativas a las inspecciones in situ y a las investigaciones de modelos internos.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Definiciones

A los efectos de la presente Decisión, se aplicarán las definiciones del artículo 1 de la Decisión (UE) 2023/672 (BCE/2023/5).

Artículo 2

Decisiones delegadas relativas a las inspecciones in situ y a las investigaciones de modelos internos

Las decisiones delegadas de conformidad con el artículo 3 de la Decisión (UE) 2023/672 (BCE/2023/5) las adoptará el director general, o el subdirector general, de Inspecciones In Situ y de Modelos Internos.

Artículo 3

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 14 de marzo de 2023.

La Presidenta del BCE

Christine LAGARDE

(1)  DO L 141 de 1.6.2017, p. 14.

(2)  DO L 84 de 23.3.2023, p. 18.

(3)  DO L 80 de 18.3.2004, p. 33.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/665 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2552 en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los requisitos de datos para las estadísticas del tema detallado producción industrial, que establecen el desglose de la clasificación de los productos industriales.

Reglamento 27/03/2026

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