Decisión (UE) 2023/2719 de la Comisión, de 6 de diciembre de 2023, relativa a la confirmación del reconocimiento de la equivalencia respecto de los productos ecológicos que figuran en el anexo 14 del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2023-81772
Número oficial:
DOUE-L-2023-81772
Publicación:
07/12/2023
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Decisión (UE) 2021/689 del Consejo, de 29 de abril de 2021, relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, y del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte relativo a los procedimientos de seguridad para el intercambio y la protección de información clasificada (1), y en particular su artículo 5, apartado 1, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1)

El artículo 3, apartados 1 y 2, del anexo 14 del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra (2) (en lo sucesivo, «Acuerdo de Comercio y Cooperación»), prevé el reconocimiento recíproco de la equivalencia de las disposiciones legales y reglamentarias de la Unión Europea y del Reino Unido con respecto a los productos ecológicos enumerados en los apéndices 14-A y 14-B del anexo 14.

(2)

El artículo 3, apartado 3, del anexo 14 del Acuerdo de Comercio y Cooperación establece que, dada la fecha de aplicación, 1 de enero de 2022, del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), el reconocimiento de la equivalencia a que se refieren los apartados 1 y 2 de dicho artículo debe reevaluarse a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

(3)

En el artículo 5, apartado 1, letra a), de la Decisión (UE) 2021/689, el Consejo autorizó a la Comisión a adoptar, en nombre de la Unión, la decisión de confirmar o suspender el reconocimiento de la equivalencia tras la reevaluación de la equivalencia que se efectúe a más tardar el 31 de diciembre de 2023, de conformidad con el artículo 3, apartado 3, del anexo 14 del Acuerdo de Comercio y Cooperación.

(4)

Las Partes en el Acuerdo de Comercio y Cooperación debatieron la cuestión en la segunda y tercera reuniones del Comité Especializado en Comercio en materia de Obstáculos Técnicos al Comercio, celebradas el 24 de octubre de 2022 y el 18 de octubre de 2023. Los debates técnicos entre las partes se llevaron a cabo a lo largo de 2023 y concluyeron el 28 de septiembre de 2023.

(5)

La Comisión ha llevado a cabo la evaluación de las disposiciones legales y reglamentarias del Reino Unido sobre productos ecológicos, tal como se establece en el artículo 3, apartado 3, del anexo 14 del Acuerdo de Comercio y Cooperación. Tras esta evaluación y los debates mantenidos en el Comité Especializado en Comercio en materia de Obstáculos Técnicos al Comercio, la Comisión ha llegado a la conclusión de que las disposiciones legales y reglamentarias del Reino Unido sobre productos ecológicos son equivalentes al Reglamento (UE) 2018/848 y a los actos delegados y de ejecución adoptados en virtud de este.

(6)

El Consejo y el Parlamento Europeo han sido informados de los resultados de la evaluación de la Comisión.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Unión confirma que, con respecto a los productos enumerados en el apéndice 14-A del anexo 14 del Acuerdo de Comercio y Cooperación, las disposiciones legales y reglamentarias del Reino Unido que figuran en el apéndice 14-C de dicho anexo son equivalentes al Reglamento (UE) 2018/848 y a los actos delegados y de ejecución adoptados en virtud de este, que sustituyeron a las disposiciones legales y reglamentarias enumeradas en el apéndice 14-D de dicho anexo.

Artículo 2

La posición de la Unión a que se refiere el artículo 1 se notificará al Reino Unido en el Comité Especializado en Comercio en materia de Obstáculos Técnicos al Comercio.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 6 de diciembre de 2023.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)   DO L 149 de 30.4.2021, p. 2, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2021/689/oj.

(2)   DO L 149 de 30.4.2021, p. 10, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2021/689(1)/oj.

(3)  Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo (DO L 150 de 14.6.2018, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2018/848/oj).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida