Decisión (UE) 2020/369 de la Comisión de 4 de marzo de 2020 por la que se confiere la facultad de emitir una alerta externa a entidades que representan los intereses de los consumidores y de los comerciantes en el ámbito de la Unión de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/2394 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2020-80378
Número oficial:
DOUE-L-2020-80378
Publicación:
05/03/2020
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2017/2394 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2017, sobre la cooperación entre las autoridades nacionales responsables de la aplicación de la legislación en materia de protección de los consumidores y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 2006/2004 (1), y en particular su artículo 27, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (UE) 2017/2394 establece disposiciones relativas a la cooperación entre las autoridades competentes designadas por los Estados miembros como responsables de la ejecución de la legislación de la Unión que protege los intereses de los consumidores.

(2) El artículo 27, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2394 obliga a la Comisión a conferir la facultad de emitir «alertas externas» por las presuntas infracciones contempladas en dicho Reglamento a las entidades que representen los intereses de los consumidores y, en su caso, de los comerciantes en el ámbito de la Unión.

(3) Las entidades a las que se aplica la presente Decisión funcionan en el ámbito de la Unión y han manifestado su interés por participar en el mecanismo de alerta externa. Estas entidades se han inscrito en el Registro de Transparencia y, en consecuencia, han suscrito el código de conducta que figura en el anexo III del Acuerdo entre el Parlamento Europeo y la Comisión Europea relativo al Registro de transparencia sobre organizaciones y personas que trabajan por cuenta propia que participan en la elaboración y aplicación de las políticas de la Unión Europea (2).

(4) El Reglamento (UE) 2017/2394 es aplicable desde el 17 de enero de 2020. Por consiguiente, la presente Decisión debe aplicarse a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, a fin de que las organizaciones en cuestión puedan participar lo antes posible en el mecanismo de alerta externa.

(5) De conformidad con el artículo 27, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2394, se ha consultado a los Estados miembros sobre las entidades a las que se aplica la presente Decisión.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La facultad de emitir una alerta externa con arreglo al artículo 27, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/2394 se confiere a las entidades siguientes:

a) Oficina Europea de Uniones de Consumidores (BEUC), número de identificación en el Registro de transparencia: 9505781573-45;

b) Confederación de Organizaciones Familiares de la Unión Europea (COFACE), número de identificación en el Registro de Transparencia: 93283396780-85;

c) Comunidad Europea de las Cooperativas de Consumidores (EURO COOP), número de identificación en el Registro de transparencia: 3819438251-87.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 4 de marzo de 2020.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

 

 

(1)  DO L 345 de 27.12.2017, p. 1.

(2)  DO L 277 de 19.9.2014, p. 67.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida