Decisión (UE) 2020/1545 del Consejo de 19 de octubre de 2020 relativa a la firma, en nombre de la Unión, y a la aplicación provisional del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook relativo a la prórroga del Protocolo de aplicación del Acuerdo de Colaboración de pesca sostenible entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2020-81560
Número oficial:
DOUE-L-2020-81560
Publicación:
26/10/2020
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 43 en relación con su artículo 218, apartado 5,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Acuerdo de Colaboración de pesca sostenible entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook (1) (en lo sucesivo, «Acuerdo»), aprobado por la Decisión (UE) 2017/418 del Consejo (2), entró en vigor el 10 de mayo de 2017. El Protocolo de aplicación del Acuerdo (3) (en lo sucesivo, «Protocolo») se ha estado aplicando desde el 14 de octubre de 2016 (4), por un período de cuatro años.

(2)

El Protocolo va a expirar el 13 de octubre de 2020.

(3)

El 7 de julio de 2020, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con el gobierno de las Islas Cook con miras a la celebración de un nuevo Protocolo de aplicación del Acuerdo.

(4)

En espera de que concluyan las negociaciones para la renovación del Protocolo, la Comisión ha negociado, en nombre de la Unión, un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook relativo a la prórroga del Protocolo de aplicación del Acuerdo de Colaboración de pesca sostenible entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook (en lo sucesivo, «Acuerdo en forma de Canje de Notas»), por un período máximo de un año. Las negociaciones concluyeron con éxito y el Canje de Notas fue rubricado el 29 de julio de 2020.

(5)

El objetivo del Acuerdo en forma de Canje de Notas es que la Unión y el Gobierno de las Islas Cook puedan seguir colaborando para promover una política pesquera sostenible y la explotación responsable de los recursos pesqueros en las aguas de las Islas Cook, y que los buques de la Unión puedan continuar faenando en esas aguas.

(6)

Procede firmar, en nombre de la Unión, el Acuerdo en forma de Canje de Notas, a reserva de su celebración en una fecha posterior.

(7)

Con el fin de garantizar la continuidad de las actividades pesqueras de los buques de la Unión en las aguas de las Islas Cook, conviene aplicar el Acuerdo en forma de Canje de Notas de forma provisional, hasta tanto no terminen los procedimientos necesarios para su entrada en vigor.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se autoriza la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook relativo a la prórroga del Protocolo de aplicación del Acuerdo de Colaboración de pesca sostenible entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook, a reserva de la celebración de dicho Acuerdo en forma de Canje de Notas (5).

Artículo 2

Se autoriza al presidente del Consejo para que designe a la persona o personas para firmar el Acuerdo en forma de Canje de Notas en nombre de la Unión.

Artículo 3

El Acuerdo en forma de Canje de Notas se aplicará de forma provisional, de conformidad con su punto 6, a partir del 14 de octubre de 2020, o desde cualquier otra fecha posterior a partir del día de su firma (6), hasta tanto no terminen los procedimientos necesarios para su entrada en vigor.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Luxemburgo, el 19 de octubre de 2020.

Por el Consejo

La Presidenta

J. KLOECKNER

 

(1)  DO L 131 de 20.5.2016, p. 3.

(2)  Decisión (UE) 2017/418 del Consejo, de 28 de febrero de 2017, relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo de colaboración de pesca sostenible entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook y de su Protocolo de aplicación (DO L 64 de 10.3.2017, p. 1).

(3)  Protocolo de aplicación del Acuerdo de Colaboración de pesca sostenible entre la Unión Europea y el Gobierno de las Islas Cook (DO L 131 de 20.5.2016, p. 10).

(4)  DO L 289 de 25.10.2016, p. 1.

(5)  El texto del Acuerdo en forma de Canje de Notas se adjunta a la presente Decisión.

(6)  La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha a partir de la cual el Acuerdo en forma de Canje de Notas se aplicará de forma provisional.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida