Decisión (UE) 2020/1331 del Banco Central Europeo de 15 de septiembre de 2020 por la que se designan jefes de unidades de trabajo que adopten decisiones delegadas de idoneidad y se deroga la Decisión (UE) 2017/936 (BCE/2020/39).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2020-81406
Número oficial:
DOUE-L-2020-81406
Publicación:
25/09/2020
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ EJECUTIVO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y en particular su artículo 11.6,

Vista la Decisión (UE) 2017/933 del Banco Central Europeo, de 16 de noviembre de 2016, sobre el régimen general de delegación de facultades de decisión respecto de instrumentos jurídicos relativos a las funciones de supervisión (BCE/2016/40) (1), y en particular sus artículos 4 y 5,

Vista la Decisión (UE) 2017/935 del Banco Central Europeo, de 16 de noviembre de 2016, sobre la delegación de la facultad de adoptar decisiones de idoneidad y sobre la evaluación del cumplimiento de los requisitos de idoneidad (BCE/2016/42) (2), y en particular su artículo 2,

Considerando lo siguiente:

(1) En vista del gran número de decisiones que debe adoptar el Banco Central Europeo (BCE) en el desempeño de sus funciones de supervisión, se ha establecido un procedimiento para adoptar ciertas decisiones delegadamente.

(2) La decisión de delegación es efectiva una vez que el Comité Ejecutivo adopte una decisión por la que designa a uno o más jefes de unidades de trabajo para que tomen decisiones en virtud de esa decisión de delegación.

(3) Al designar a los jefes de unidades de trabajo, el Comité Ejecutivo debe tener en cuenta la importancia de la decisión de delegación y el número de destinatarios de las decisiones delegadas.

(4) La Decisión (UE) 2017/936 del Banco Central Europeo (BCE/2017/16) (3) designa jefes de unidades de trabajo que adopten decisiones delegadas de conformidad con el artículo 2 de la Decisión (UE) 2017/935 (BCE/2016/42).

(5) De acuerdo con el artículo 10.1 de la Decisión BCE/2004/2 (4) , corresponde al Comité Ejecutivo decidir el número, el nombre y las competencias respectivas de las unidades de trabajo del BCE.

(6) El 1 de octubre de 2020 tendrán lugar ciertos cambios organizativos en la función de supervisión bancaria del BCE que comprenden la creación de dos nuevas áreas de negocio, la redistribución de funciones y el cambio de nombre de las áreas de negocio. Consecuentemente, la Decisión (UE) 2017/936 (BCE/2017/16) ya no reflejará la estructura organizativa de la función de supervisión bancaria del BCE.

(7) Se ha consultado al presidente del Consejo de Supervisión acerca de los jefes de unidades de trabajo en quienes debe delegarse la facultad de adoptar decisiones de idoneidad.

(8) Debe derogarse en consecuencia la Decisión (UE) 2017/936 (BCE/2017/16).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Decisiones delegadas de idoneidad

Las decisiones delegadas de conformidad con el artículo 2 de la Decisión (UE) 2017/935 (BCE/2016/42) las adoptará el director general o el subdirector general de Gobernanza y Operaciones del MUS —o, si no estuvieran disponibles, el jefe de la División de Evaluación de los Requisitos de Idoneidad— y uno de los siguientes jefes de unidad de trabajo:

a) el director general, o un subdirector general, de Entidades Sistémicas e Internacionales, si la supervisión de la entidad o grupo supervisado pertinente corresponde a la Dirección General de Entidades Sistémicas e Internacionales;

b) el director general, o un subdirector general, de Entidades Universales y Diversificadas, si la supervisión de la entidad o grupo supervisado pertinente corresponde a la Dirección General de Entidades Universales y Diversificadas;

c) el director general, o un subdirector general, de Entidades Especializadas y Entidades Menos Significativas, si la supervisión de la entidad o grupo supervisado pertinente corresponde a la Dirección General de Entidades Especializadas y Entidades Menos Significativas.

Artículo 2

Derogación y entrada en vigor

1.   Se deroga la Decisión (UE) 2017/936 (BCE/2017/16).

2.   La presente decisión entrará en vigor el 1 de octubre de 2020.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 15 de septiembre de 2020.

La Presidenta del BCE

Christine LAGARDE

(1)  DO L 141 de 1.6.2017, p. 14.

(2)  DO L 141 de 1.6.2017, p. 21.

(3)  Decisión (UE) 2017/936 del Banco Central Europeo, de 23 de mayo de 2017, por la que se designan jefes de unidades de trabajo que adopten decisiones delegadas de idoneidad (BCE/2017/16) (DO L 141 de 1.6.2017, p. 26).

(4)  Decisión BCE/2004/2, de 19 de febrero de 2004, por la que se adopta el Reglamento interno del Banco Central Europeo (DO L 80 de 18.3.2004, p. 33).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

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Reglamento 27/03/2026

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