LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 249,
Considerando lo siguiente:
(1) El Programa Europeo de Desarrollo Industrial en materia de Defensa (1) (en lo sucesivo, «el Programa») es el programa de 2019-2020 para la sección de desarrollo de capacidad del Fondo Europeo de Defensa para el período 2019-2020.
(2) La Decisión (UE, Euratom) 2015/444 de la Comisión (2) se aplicará al tratamiento de la información clasificada en el marco del Programa.
(3) Dadas las características específicas del Programa y el papel de los Estados miembros en el mismo, los Estados miembros en cuyo territorio estén establecidos los beneficiarios podrán clasificar la información adquirida generada durante la realización de una acción de desarrollo, creando un marco de seguridad con ese fin antes de la firma de un acuerdo de subvención,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Clasificación de la información
1. En el contexto del Programa, el origen de la información clasificada adquirida generada durante la realización de una acción de desarrollo será decidido por los Estados miembros en cuyo territorio estén establecidos los beneficiarios.
2. Para ello, dichos Estados miembros podrán decidir un marco de seguridad específico para la protección y el tratamiento de la información clasificada relacionada con la acción de que se trate e informarán de ello a la Comisión.
3. Este marco de seguridad se entenderá sin perjuicio de la posibilidad de que la Comisión tenga acceso a la información necesaria para la realización de la acción.
4. En caso de que dichos Estados miembros no establezcan un marco de seguridad específico, la Comisión establecerá el marco de seguridad para la acción de que se trate de conformidad con las disposiciones de la Decisión (UE, Euratom) 2015/444.
5. El marco de seguridad aplicable a la acción de que se trate deberá estar en vigor a más tardar antes de la firma del acuerdo de subvención correspondientes.
Artículo 2
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 26 de marzo de 2019.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) Instituido por el Reglamento (UE) 2018/1092 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, por el que se establece el Programa Europeo de Desarrollo Industrial en materia de Defensa con el objetivo de apoyar la competitividad y la capacidad de innovación de la industria de la defensa de la Unión (DO L 200 de 7.8.2018, p.30).
(2) Decisión (UE, Euratom) 2015/444 de la Comisión, de 13 de marzo de 2015, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (DO L 72 de 17.3.2015, p. 53).