Decisión (UE) 2019/513 de la Comisión, de 26 de marzo de 2019, relativa al marco de seguridad para el Programa Europeo de Desarrollo Industrial en materia de Defensa.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2019-80480
Número oficial:
DOUE-L-2019-80480
Publicación:
27/03/2019
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 249,

Considerando lo siguiente:

(1) El Programa Europeo de Desarrollo Industrial en materia de Defensa (1) (en lo sucesivo, «el Programa») es el programa de 2019-2020 para la sección de desarrollo de capacidad del Fondo Europeo de Defensa para el período 2019-2020.

(2) La Decisión (UE, Euratom) 2015/444 de la Comisión (2) se aplicará al tratamiento de la información clasificada en el marco del Programa.

(3) Dadas las características específicas del Programa y el papel de los Estados miembros en el mismo, los Estados miembros en cuyo territorio estén establecidos los beneficiarios podrán clasificar la información adquirida generada durante la realización de una acción de desarrollo, creando un marco de seguridad con ese fin antes de la firma de un acuerdo de subvención,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Clasificación de la información

1.   En el contexto del Programa, el origen de la información clasificada adquirida generada durante la realización de una acción de desarrollo será decidido por los Estados miembros en cuyo territorio estén establecidos los beneficiarios.

2.   Para ello, dichos Estados miembros podrán decidir un marco de seguridad específico para la protección y el tratamiento de la información clasificada relacionada con la acción de que se trate e informarán de ello a la Comisión.

3.   Este marco de seguridad se entenderá sin perjuicio de la posibilidad de que la Comisión tenga acceso a la información necesaria para la realización de la acción.

4.   En caso de que dichos Estados miembros no establezcan un marco de seguridad específico, la Comisión establecerá el marco de seguridad para la acción de que se trate de conformidad con las disposiciones de la Decisión (UE, Euratom) 2015/444.

5.   El marco de seguridad aplicable a la acción de que se trate deberá estar en vigor a más tardar antes de la firma del acuerdo de subvención correspondientes.

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 26 de marzo de 2019.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER

 

 

(1)  Instituido por el Reglamento (UE) 2018/1092 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, por el que se establece el Programa Europeo de Desarrollo Industrial en materia de Defensa con el objetivo de apoyar la competitividad y la capacidad de innovación de la industria de la defensa de la Unión (DO L 200 de 7.8.2018, p.30).

(2)  Decisión (UE, Euratom) 2015/444 de la Comisión, de 13 de marzo de 2015, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (DO L 72 de 17.3.2015, p. 53).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €