Decisión (UE) 2017/339 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la movilización del Margen para Imprevistos en 2016.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2017-80336
Número oficial:
DOUE-L-2017-80336
Publicación:
28/02/2017
Departamento:
Unión Europea

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (1) y, en particular, su apartado 14, párrafo segundo,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 13 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo (2) prevé un Margen para Imprevistos de hasta el 0,03 % de la renta nacional bruta de la Unión.

(2) De conformidad con el artículo 6 de este Reglamento, la Comisión ha calculado el importe absoluto del Margen para Imprevistos para 2016 (3).

(3) Después de haber examinado todas las posibilidades de financiación para responder a los imprevistos dentro del techo de compromisos de la rúbrica 3 (Seguridad y ciudadanía) de 2016 del Marco Financiero Plurianual, y tras haber movilizado el Instrumento de Flexibilidad por el importe total de 1 530 millones EUR disponible en 2016, resulta necesaria la movilización del Margen para Imprevistos, para hacer frente a las necesidades derivadas de la crisis de la migración, los refugiados y la seguridad, mediante el aumento de los créditos de compromiso del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2016, por encima del techo de compromisos de la rúbrica 3.

(4) Habida cuenta de esta situación tan particular, se cumple la condición de último recurso contemplada en el artículo 13, apartado 1, del Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2016, se movilizará el Margen para Imprevistos para aportar un importe de 240,1 millones EUR en créditos de compromiso por encima del techo de compromisos de la rúbrica 3 del Marco Financiero Plurianual.

Artículo 2

El importe de 240,1 millones EUR en créditos de compromiso a que se refiere el artículo 1 se compensará totalmente con el margen dentro del techo de compromisos de la rúbrica 5 (Administración) del Marco Financiero Plurianual para el ejercicio 2016.

Artículo 3 La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Estrasburgo, el 14 de diciembre de 2016.

Por el Parlamento Europeo

El Presidente M. SCHULZ

Por el Consejo

El Presidente I. KORČOK

_____________________________

(1)DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.

(2)Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el Marco Financiero Plurianual para el período 2014-2020 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 884).

(3)Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo, de 22 de mayo de 2015, relativa al ajuste técnico del marco financiero para 2016 en función de la evolución de la renta nacional bruta [COM(2015)0320].

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida