EL PARLAMENTO EUROPEO,
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Vista la propuesta de la Conferencia de Presidentes,
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Visto el artículo 226 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
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Vista la Decisión 95/167/CE, Euratom, CECA del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, de 19 de abril de 1995, relativa a las modalidades de ejercicio del derecho de investigación del Parlamento Europeo (1),
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Vista la Decisión (UE) 2016/1021, de 8 de junio de 2016, sobre la constitución, las competencias, la composición numérica y la duración del mandato de la comisión de investigación encargada de examinar las alegaciones de infracción y de mala administración en la aplicación del derecho de la Unión en relación con el blanqueo de capitales y la elusión y la evasión fiscales (2),
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Vista su Decisión (UE) 2017/846 del Parlamento Europeo, de 16 de marzo de 2017, por la que se prorroga la duración del mandato de la Comisión de Investigación encargada de examinar las alegaciones de infracción y de mala administración en la aplicación del derecho de la Unión en relación con el blanqueo de capitales y la elusión y la evasión fiscales (3)
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Visto el artículo 198, apartado 11, de su Reglamento interno,
A.
Considerando que la Comisión de Investigación ha solicitado una prórroga de su mandato para poder cumplir su cometido de forma adecuada y completa, teniendo en cuenta el número de documentos que quedan aún por examinar, los análisis encargados y los interesados pendientes de ser oídos;
1.
Decide prorrogar la duración del mandato de la Comisión de Investigación por un período adicional de tres meses.
Por el Parlamento Europeo
El Presidente
A. TAJANI
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(1) DO L 113 de 19.5.1995, p. 1.
(2) DO L 166 de 24.6.2016, p. 10.
(3) DO L 125 de 18.5.2017, p. 34.