Decisión (UE) 2017/1107 del Consejo, de 8 de junio de 2017, relativa a la ampliación del período de aplicación del derecho de las coproducciones audiovisuales con arreglo al artículo 5 del Protocolo relativo a la cooperación cultural del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2017-81214
Número oficial:
DOUE-L-2017-81214
Publicación:
22/06/2017
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,

Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.o 1141/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, sobre el estatuto y la financiación de los partidos políticos europeos y las fundaciones políticas europeas (1), y en particular su artículo 11, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

El artículo 11, apartado 1, del Reglamento (UE, Euratom) n.o 1141/2014 crea un Comité de Personalidades Independientes.

(2)

El artículo 11, apartado 1, del Reglamento (UE, Euratom) n.o 1141/2014 dispone que dicho Comité esté compuesto por seis miembros, de los que el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión nombren cada uno a dos miembros. El Comité ha de renovarse en el plazo de seis meses después de finalizado el primer período de sesiones del Parlamento Europeo tras las elecciones al Parlamento Europeo. El mandato de los miembros no ha de ser renovable.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1. Se nombra miembro del Comité de Personalidades Independientes para la duración del mandato del Comité a:

D.a Rebecca ADLER-NISSEN

D. Christoph MÖLLERS

2. El nombramiento queda supeditado a que cada uno de los miembros designados firme la declaración de independencia y de inexistencia de conflicto de intereses que figura en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, el 20 de junio de 2017.

Por el Consejo

La Presidenta

H. DALLI

____________

(1) DO L 317 de 4.11.2014, p. 1.

ANEXO

DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA Y DE INEXISTENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES

El abajo firmante, …, declara haber tomado nota de lo dispuesto en el artículo 11, apartado 1, del Reglamento (UE, Euratom) n.o 1141/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el estatuto y la financiación de los partidos políticos europeos y las fundaciones políticas europeas, y declara que ejercerá las funciones de miembro del Comité de Personalidades Independientes con total independencia y cumpliendo plenamente lo dispuesto en dicho Reglamento.

No solicitará ni aceptará instrucciones de ninguna institución o gobierno ni de ningún otro órgano, oficina o agencia. Se abstendrá de toda acción que sea incompatible con la naturaleza de sus funciones.

Declara que, a su leal saber y entender, no se encuentra en una situación de conflicto de intereses. Existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones de miembro del Comité de Personalidades Independientes se vea comprometido por razones de orden familiar, vida personal, afinidades políticas, nacionales, filosóficas o religiosas, intereses económicos o por cualquier otro motivo de comunidad de intereses con un destinatario.

En particular, declara no ser diputado al Parlamento Europeo, ni miembro del Consejo o la Comisión; no ser titular de un mandato electoral; no ser funcionario ni otro agente de la Unión Europea, ni trabajar o haber trabajado en un partido político europeo ni en una fundación política europea.

Hecho en …, el

[FECHA + FIRMA

del miembro designado del

Comité de

Personalidades Independientes]

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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