Decisión (UE) 2016/63 del Consejo, de 15 de enero de 2016, sobre la adhesión de Croacia al Convenio, establecido sobre la base del artículo K.3, apartado 2, letra c), del Tratado de la Unión Europea, relativo a la lucha contra la corrupción en la que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o funcionarios de los Estados miembros de la Unión Europea.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2016-80047
Número oficial:
DOUE-L-2016-80047
Publicación:
21/01/2016
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea,

Visto el Tratado de adhesión de Croacia,

Vista el Acta de adhesión de Croacia y, en particular, su artículo 3, apartado 5,

Vista la recomendación de la Comisión Europea,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

El 26 de mayo de 1997 se firmó el Convenio establecido sobre la base del artículo K.3, apartado 2, letra c), del Tratado de la Unión Europea, relativo a la lucha contra la corrupción en la que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o funcionarios de los Estados miembros de la Unión Europea (2) («el Convenio contra la corrupción en la que estén implicados funcionarios»), el cual entró en vigor el 28 de septiembre de 2005.

(2)

El artículo 3, apartado 4, del Acta de adhesión de Croacia («el Acta de adhesión») establece que Croacia se adhiere a los convenios y protocolos celebrados entre los Estados miembros, enumerados en el anexo I del Acta de adhesión y entre los que figura el Convenio relativo a la lucha contra la corrupción en la que estén implicados funcionarios. Dichos convenios y protocolos deben entrar en vigor por lo que respecta a Croacia en la fecha determinada por el Consejo.

(3)

De conformidad con el artículo 3, apartado 5, del Acta de adhesión, el Consejo debe decidir todas las adaptaciones que resulten necesarias como consecuencia de la adhesión a dichos convenios y protocolos.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El Convenio contra la corrupción en la que estén implicados funcionarios entrará en vigor para Croacia el primer día del primer mes siguiente a la fecha de publicación de la presente Decisión.

Artículo 2

El texto en lengua croata (3) del Convenio contra la corrupción en la que estén implicados funcionarios será auténtico en las mismas condiciones que los demás textos del citado Convenio.

Artículo 3

La presente Decisión surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 15 de enero de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

J.R.V.A. DIJSSELBLOEM

___________________________

(1) Dictamen de 10 de junio de 2015 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(2) DO C 195 de 25.6.1997, p. 2.

(3) La versión en lengua croata del Convenio se publicó en una edición especial del Diario Oficial (capítulo 19, tomo 014, p. 120).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

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Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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