Decisión (UE) 2015/2330 del Banco Central Europeo, de 4 de diciembre de 2015, por la que se modifica la Decisión BCE/2014/53 sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2015 (BCE/2015/41).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2015-82502
Número oficial:
DOUE-L-2015-82502
Publicación:
12/12/2015
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en particular el artículo 128, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Banco Central Europeo (BCE) tiene desde el 1 de enero de 1999 el derecho exclusivo de aprobar el volumen de emisión de monedas por los Estados miembros cuya moneda es el euro.

(2) De acuerdo con las previsiones que sobre la demanda de monedas en euros en 2015 le enviaron los Estados miembros cuya moneda es el euro, el BCE aprobó el volumen total de monedas en euros destinadas a la circulación y de monedas de colección en euros no destinadas a la circulación en 2015 por medio de la Decisión BCE/2014/53 (1).

(3) El 1 de octubre de 2015 el Ministerio de Hacienda de Grecia solicitó incrementar de 13,3 millones a 52,7 millones EUR el volumen de emisión de monedas en euros por Grecia en 2015 a fin de responder a un aumento inesperado de la demanda de monedas.

(4) El BCE aprueba la solicitud mencionada de aumentar el volumen de emisión de monedas en euros destinadas a la circulación por Grecia en 2015.

(5) El 2 de octubre de 2015 el Ministerio de Hacienda de Bélgica solicitó incrementar de 0,8 millones a 65,8 millones EUR el volumen de emisión de monedas en euros por Bélgica en 2015 a fin de responder a un aumento inesperado de la demanda de monedas.

(6) El BCE aprueba la solicitud mencionada de aumentar el volumen de emisión de monedas en euros destinadas a la circulación por Bélgica en 2015.

(7) Consecuentemente, debe modificarse la Decisión BCE/2014/53.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Modificación

El cuadro del artículo 1 de la Decisión BCE/2014/53 se sustituye por el siguiente:

(millones EUR)

 

Emisión de monedas destinadas a la circulación y emisión de monedas de colección (no destinadas a la circulación) en 2015

Bélgica

65,8

Alemania

529,0

Estonia

10,3

Irlanda

39,0

Grecia

52,7

España

301,4

Francia

230,0

Italia

41,5

Chipre

10,0

Lituania

120,7

Luxemburgo

45,0

Malta

8,7

Países Bajos

52,5

Letonia

30,6

Austria

248,0

Portugal

30,0

Eslovenia

13,0

Eslovaquia

13,4

Finlandia

60,0»

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día de su notificación a los destinatarios.

Artículo 3

Destinatarios

La presente Decisión se dirige a los Estados miembros cuya moneda es el euro.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 4 de diciembre de 2015.

El Presidente del BCE

Mario DRAGHI

(1) Decisión BCE/2014/53, de 11 de diciembre de 2014, sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2015 (DO L 365 de 19.12.2014, p. 163).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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