Decisión (PESC) 2026/778 del Consejo, de 30 de marzo de 2026, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2024/583 relativa a una operación de seguridad marítima de la Unión Europea para salvaguardar la libertad de navegación en el contexto de la crisis del mar Rojo (EUNAVFOR Aspides).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2026-80488
Número oficial:
DOUE-L-2026-80488
Publicación:
31/03/2026
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 8 de febrero de 2024, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2024/583 (1), por la que se estableció una operación de seguridad marítima de la Unión Europea para salvaguardar la libertad de navegación en el contexto de la crisis del mar Rojo (EUNAVFOR Aspides).

(2)

El 19 de febrero de 2024, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2024/632 (2), por la que se inició la operación EUNAVFOR Aspides con un mandato hasta el 18 de febrero de 2025.

(3)

El 14 de febrero de 2025, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2025/334 (3), por la que se prorrogó la operación EUNAVFOR Aspides hasta el 28 de febrero de 2026.

(4)

El 26 de noviembre de 2025, en el contexto de la revisión estratégica de EUNAVFOR Aspides y la evaluación estratégica de EUNAVFOR Atalanta, el Comité Político y de Seguridad (CPS) acordó prorrogar EUNAVFOR Aspides hasta el 28 de febrero de 2027.

(5)

El CPS recomendó asimismo que, además de sus actuales misiones no ejecutivas para garantizar la conciencia situacional marítima, EUNAVFOR Aspides, en la medida en que lo permitieran sus medios y capacidades, también recopilara y compartiera información sobre actividades sospechosas relacionadas con infraestructuras submarinas críticas, entrenara a las fuerzas marítimas yibutienses y cooperara con la Guardia Costera yemení, vinculando dichas misiones con otras iniciativas de la Unión, en particular CRIMARIO, asistencia de la UE a la Guardia Costera yemení y la medida de asistencia en el marco del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para apoyar a las Fuerzas Armadas de Yibuti.

(6)

Por lo tanto, procede modificar la Decisión (PESC) 2024/583 en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 1, apartado 6, de la Decisión (PESC) 2024/583 se añade la frase siguiente:

«En la medida en que lo permitan sus medios y capacidades, EUNAVFOR Aspides también recopilará y compartirá información sobre actividades sospechosas relacionadas con infraestructuras submarinas críticas, entrenará a las fuerzas marítimas yibutienses y cooperará con la Guardia Costera yemení, vinculando dichas misiones con otras iniciativas de la Unión, en particular CRIMARIO, asistencia de la UE a la Guardia Costera yemení y la medida de asistencia en el marco del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para apoyar a las Fuerzas Armadas de Yibuti.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 30 de marzo de 2026.

Por el Consejo

La Presidenta

M. PANAYIOTOU

 

(1)  Decisión (PESC) 2024/583 del Consejo, de 8 de febrero de 2024, relativa a una operación de seguridad marítima de la Unión Europea para salvaguardar la libertad de navegación en el contexto de la crisis del mar Rojo (EUNAVFOR ASPIDES) (DO L, 2024/583, 12.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/583/oj).

(2)  Decisión (PESC) 2024/632 del Consejo, de 19 de febrero de 2024, relativa al inicio de la operación de seguridad marítima de la Unión Europea para salvaguardar la libertad de navegación en el contexto de la crisis del mar Rojo (EUNAVFOR ASPIDES) (DO L, 2024/632, 20.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/632/oj).

(3)  Decisión (PESC) 2025/334 del Consejo, de 14 de febrero de 2025, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2024/583 relativa a una operación de seguridad marítima de la Unión Europea para salvaguardar la libertad de navegación en el contexto de la crisis del mar Rojo (EUNAVFOR Aspides) (DO L, 2025/334, 17.2.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/334/oj).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

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