Decisión (PESC) 2026/777 del Consejo, de 30 de marzo de 2026, por la que se modifica la Acción Común 2008/851/PESC relativa a una operación militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la seguridad marítima en el océano Índico occidental y en el mar Rojo (EUNAVFOR Atalanta).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2026-80487
Número oficial:
DOUE-L-2026-80487
Publicación:
31/03/2026
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 10 de noviembre de 2008, el Consejo adoptó la Acción Común 2008/851/PESC (1), por la que se estableció una operación militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la seguridad marítima en el océano Índico occidental y el mar Rojo (EUNAVFOR Atalanta). El 16 de diciembre de 2024, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2024/3186 (2), por la que se modificó la Acción Común 2008/851/PESC y se prorrogó la operación EUNAVFOR Atalanta hasta el 28 de febrero de 2027.

(2)

El 24 de junio de 2025, el Comité Político y de Seguridad (CPS) acordó que el mandato de EUNAVFOR Atalanta debía armonizarse con el de la operación de seguridad marítima de la Unión Europea para salvaguardar la libertad de navegación en relación con la crisis del mar Rojo (EUNAVFOR Aspides), en lo que respecta a la vigilancia y la comunicación de información de flotas clandestinas.

(3)

En el contexto de la revisión estratégica de 2026 de EUNAVFOR Aspides y de la evaluación estratégica de 2025 de EUNAVFOR Atalanta, el CPS recomendó que se suspendiera la misión no ejecutiva de supervisión del comercio ilícito de carbón vegetal.

(4)

Asimismo, el CPS recomendó que, además de sus actuales misiones no ejecutivas para garantizar la conciencia situacional marítima, se encomendara a EUNAVFOR Atalanta que recopilara y compartiera información sobre actividades sospechosas relacionadas con las infraestructuras submarinas críticas, en función de los medios y las capacidades.

(5)

Por lo tanto, procede modificar la Acción Común 2008/851/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En la Acción Común 2008/851/PESC, el artículo 1 se modifica como sigue:

1)

El apartado 4 se sustituye por el texto siguiente:

«4.   Asimismo, EUNAVFOR Atalanta vigilará, con misiones secundarias no ejecutivas, el tráfico de armas, la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) y el tráfico de estupefacientes frente a las costas de Somalia, en consonancia con la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 20 de diciembre de 1988.».

2)

En el apartado 7 se añade la frase siguiente:

«Asimismo, EUNAVFOR Atalanta recopilará y compartirá información sobre actividades sospechosas relacionadas con las infraestructuras submarinas críticas (ISC), en función de los medios y las capacidades.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 30 de marzo de 2026.

Por el Consejo

La Presidenta

M. PANAYIOTOU

 

(1)  Acción Común 2008/851/PESC del Consejo, de 10 de noviembre de 2008, relativa a una operación militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la seguridad marítima en el océano Índico occidental y en el mar Rojo (EUNAVFOR Atalanta) (DO L 301 de 12.11.2008, p. 33, ELI: http://data.europa.eu/eli/joint_action/2008/851/oj).

(2)  Decisión (PESC) 2024/3186 del Consejo, de 16 de diciembre de 2024, por la que se modifica la Acción Común 2008/851/PESC relativa a una operación militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la seguridad marítima en el océano Índico occidental y en el mar Rojo (EUNAVFOR Atalanta) (DO L, 2024/3186, 17.12.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/3186/oj).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

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