Decisión (PESC) 2025/2442 del Consejo, de 1 de diciembre de 2025, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2022/2319 relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación en Haití.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2025-81832
Número oficial:
DOUE-L-2025-81832
Publicación:
01/12/2025
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la Decisión (PESC) 2022/2319 del Consejo, de 25 de noviembre de 2022, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación en Haití (1), y en particular su artículo 4, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

1) El 25 de noviembre de 2022, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2022/2319.

2) El 17 de octubre de 2025, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (en lo sucesivo, «Consejo de Seguridad») aprobó la Resolución 2794 (2025). En esa Resolución, el Consejo de Seguridad añadió dos personas a la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas.

3) Por lo tanto, procede modificar la Decisión (PESC) 2022/2319 en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I de la Decisión (PESC) 2022/2319 se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 1 de diciembre de 2025.

Por el Consejo

La Presidenta

K. KALLAS

(1)   DO L 307 de 28.11.2022, p. 135, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2022/2319/oj.

ANEXO

En el anexo I de la Decisión (PESC) 2022/2319, en la «Lista de las personas a que se refiere el artículo 1, apartado 1, el artículo 2, apartado 1, y el artículo 3, apartado 1, y las entidades a que se refiere el artículo 1, apartado 1, y el artículo 3, apartado 1», en el epígrafe «PERSONAS», se añaden las entradas siguientes:

«8.

Dimitri HERARD. Incluido en la lista en virtud del apartado 19 de la Resolución 2794 (2025) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para las medidas enumeradas en los apartados 3 y 6 de la Resolución 2653 (2022).

Cargo: exjefe de la Unidad de Seguridad General del Palacio Nacional durante el mandato del presidente Jovenel Moïse

Fecha de nacimiento: –

Lugar de nacimiento: –

Nacionalidad: –

Fecha de designación por las Naciones Unidas: 17 de octubre de 2025

Sexo: masculino

Información adicional procedente del resumen de los motivos de inclusión en la lista proporcionado por el Comité de Sanciones:

Dimitri Herard ha cometido actos que suponen una amenaza para la paz, la seguridad y la estabilidad de Haití y ha apoyado actividades delictivas que socavan las instituciones del país y exacerban su crisis humanitaria. Herard dirigió la Unidad de Seguridad General del Palacio Nacional durante el mandato del presidente Jovenel Moïse. Ha desempeñado un papel clave como facilitador de las actividades de las redes y bandas delictivas de Haití; entre otras cosas, ayudó a la banda Ti Bwa a crear una unidad especial de combate denominada “Back up 100 plak”, que ha aumentado la capacidad de combate de la banda. Se lo ha relacionado con la facilitación del tráfico de armas y municiones, que han intensificado la violencia de las bandas y desestabilizado el país. Sus actos han contribuido a la expansión del control de las bandas sobre zonas clave, lo cual ha socavado aún más si cabe la seguridad y la gobernanza de Haití.

9.

Kempes SANON. Incluido en la lista en virtud del apartado 19 de la Resolución 2794 (2025) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para las medidas enumeradas en los apartados 3 y 6 de la Resolución 2653 (2022).

Cargo: cabecilla de la banda Les Argentins, también conocida como la banda de Bel Air

Fecha de nacimiento: –

Lugar de nacimiento: –

Nacionalidad: –

Fecha de designación por las Naciones Unidas: 17 de octubre de 2025

Sexo: masculino

Información adicional procedente del resumen de los motivos de inclusión en la lista proporcionado por el Comité de Sanciones:

Kempes Sanon ha cometido actos que suponen una amenaza para la paz, la seguridad y la estabilidad de Haití como cabecilla de la banda Les Argentins, también conocida como “Bel Air”, que opera desde su bastión en la zona de Haut Bel-Air de Puerto Príncipe. Esta banda cuenta con unos 150 miembros y ha cometido violaciones sistemáticas de los derechos humanos, como extorsiones, secuestros y el cobro de impuestos ilícitos. Sanon ha contribuido en gran medida a la consolidación del poder de las bandas en Puerto Príncipe, especialmente mediante su participación en la alianza Viv Ansanm, que ha llevado a cabo ataques coordinados para ampliar el territorio controlado por las bandas. Bajo su liderazgo, Les Argentins ha cometido repetidos ataques en barrios como Solino que han causado numerosas bajas y el desplazamiento de miles de residentes. Sanon también mantiene una red de personas pertenecientes a instituciones gubernamentales, incluidos organismos de seguridad, lo que le permite eludir la detención y facilita sus actividades delictivas. En 2021 escapó de prisión, donde estaba encarcelado por secuestro, robo y asesinato, y desde entonces ha seguido desestabilizando Haití con sus actos.».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

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