Decisión (PESC) 2025/1429 del Consejo, de 15 de julio de 2025, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2022/2319 relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación en Haití.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2025-81043
Número oficial:
DOUE-L-2025-81043
Publicación:
15/07/2025
Departamento:
Unión Europea

 

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la Decisión (PESC) 2022/2319 del Consejo, de 25 de noviembre de 2022, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación en Haití (1), y en particular su artículo 4, apartado 2,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 25 de noviembre de 2022, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2022/2319.

(2) El 28 de julio de 2023, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2023/1574 (2), que modificó la Decisión (PESC) 2022/2319, por la que se establece un marco específico de medidas restrictivas específicas contra personas físicas o jurídicas, entidades u organismos responsables de actos que amenacen la paz, la estabilidad y la seguridad de Haití, y de actos que socaven la democracia o el Estado de Derecho en Haití, así como contra personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados con ellos.

(3) En sus Conclusiones de 17 de octubre de 2024, el Consejo Europeo declaró que seguía sumamente preocupado por la situación en Haití y pidió nuevas sanciones específicas contra personas físicas y entidades responsables de violencia, al objeto de contribuir al restablecimiento de la paz, la seguridad, la estabilidad, la democracia y el Estado de Derecho en Haití.

(4) Ante el deterioro de la situación política, económica, humanitaria y de seguridad en Haití, en particular como consecuencia del aumento de la violencia de bandas, las continuas y graves violaciones de los derechos humanos por parte de bandas y la persistente impunidad de los autores, deben añadirse tres personas a la lista de las personas físicas sujetas a medidas restrictivas que figura en el anexo II de la Decisión (PESC) 2022/2319.

(5) Por lo tanto, procede modificar la Decisión (PESC) 2022/2319 en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo II de la Decisión (PESC) 2022/2319 se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 15 de julio de 2025.

Por el Consejo

La Presidenta

K. KALLAS

(1)   DO L 307 de 28.11.2022, p. 135, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2022/2319/oj.

(2)  Decisión (PESC) 2023/1574 del Consejo, de 28 de julio de 2023, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2022/2319 relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación en Haití (DO L 192 de 31.7.2023, p. 21, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/1574/oj).

ANEXO

En el anexo II de la Decisión (PESC) 2022/2319, sección «A. Lista de las personas físicas a que se refieren el artículo 2 bis, apartado 1, y el artículo 3 bis, apartado 1» se añaden al cuadro las entradas siguientes:

 

Nombre

Información identificativa

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

«4.

Micanor ALTÈS

alias Monel Felix, Micanord;

Mikano;

Wa Mikanò; King Micanor;

Alfred Mones

Cargo: líder de la banda de Wharf Jérémie

Nacionalidad: haitiana

Sexo: masculino

Dirección: Barrio de Wharf Jérémie, cerca de La Saline, Puerto Príncipe, Haití

Micanor Altès es el líder de la banda de Wharf Jérémie. Wharf Jérémie es un barrio costero de la zona de La Saline, en Puerto Príncipe. Esta zona lleva más de diez años bajo el control de la banda dirigida por Micanor Altès.

Bajo su mando, la banda es responsable de la masacre de 207 personas entre el 6 y el 11 de diciembre de 2024 en el distrito de Wharf Jérémie. La masacre se produjo tras la muerte del hijo recién nacido de Altès por una enfermedad desconocida. Convencido de que los practicantes de vudú de edad avanzada de la zona bajo su control habían realizado brujería contra su hijo, el líder de la banda ordenó el secuestro y la ejecución de todos los habitantes mayores de 60 años que practicaban vudú.

Por lo tanto, Micanor Altès es responsable de actos que suponen una amenaza para la paz, la estabilidad y la seguridad de Haití, incluida la participación en actividades delictivas y actos de violencia en los que están involucrados grupos armados y redes delictivas.

15.7.2025

5.

Christ-Roi CHÉRY

alias Kris-La; Krisla; Chrisla; Chrislat

Cargo: líder de la banda Ti Bwa (asociada a la coalición de bandas Viv Ansanm/G9)

Nacionalidad: haitiana

Sexo: masculino

Dirección: término municipal de Carrefour, área metropolitana de Puerto Príncipe, Haití

Christ-Roi Chéry es el líder de la banda Ti Bwa, que está asociada a la coalición de bandas Viv Ansanm (también denominada G9) de Haití.

Desde febrero de 2024, la banda Ti Bwa controla el término municipal de Carrefour.

Bajo el mando de Christ-Roi Chéry, la banda Ti Bwa participa en actividades delictivas y actos de violencia en Haití, como asesinatos, robos, violaciones, secuestros de mercancías y camiones, extorsiones, asesinatos selectivos y tráfico de drogas.

Por lo tanto, Christ-Roi Chéry es responsable de actos que suponen una amenaza para la paz, la estabilidad y la seguridad de Haití, incluida la participación en actividades delictivas y actos de violencia en los que están involucrados grupos armados y redes delictivas que promueven la violencia, como el reclutamiento forzoso de niños por esos grupos y redes, secuestros, homicidios y violencia sexual y de género.

15.7.2025

6.

Jeff LAROSE

alias Jeff; Gwo Lwa; Taliban

Cargo: líder de la banda Canaan

(asociada a la coalición de bandas G-Pép y Viv Ansanm)

Nacionalidad: haitiana

Sexo: masculino

Dirección: Canaan, área metropolitana de Puerto Príncipe, Haití

Jeff Larose es el líder de la banda Canaan, que está asociada a la coalición de bandas G-Pép y Viv Ansanm de Haití.

La banda Canaan controla las localidades de Canaan, Onaville, Jerusalem, Corail, Rosemberg, Lilavois, Bon Repos, todas ubicadas en el área metropolitana de Puerto Príncipe. La banda extendió su control más allá de su territorio original y opera también en Mirebalais (departamento Centro).

Bajo el mando de Jeff Larose, la banda Canaan participa en actividades delictivas y actos de violencia en Haití, como secuestros, apropiación de tierras, violaciones, robos con fuerza en viviendas, secuestros de mercancías y vehículos, peticiones de rescates, asesinatos y tráfico de drogas.

Por lo tanto, Jeff Larose es responsable de actos que suponen una amenaza para la paz, la estabilidad y la seguridad de Haití, incluida la participación en actividades delictivas y actos de violencia en los que están involucrados grupos armados y redes delictivas que promueven la violencia, como el reclutamiento forzoso de niños por esos grupos y redes, secuestros, homicidios y violencia sexual y de género.

15.7.2025».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

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