EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 38, párrafo tercero,
Vista la Decisión 2010/96/PESC del Consejo, de 15 de febrero de 2010, relativa a una misión militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la formación de las fuerzas de seguridad somalíes (1),
Considerando lo siguiente:
(1) | De conformidad con el artículo 8, apartado 2, de la Decisión 2010/96/PESC, el Consejo autorizó al Comité Político y de Seguridad a adoptar las decisiones apropiadas en materia de aceptación de las contribuciones propuestas por terceros Estados a la misión militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la formación de las fuerzas de seguridad somalíes (EUTM Somalia). |
(2) | De conformidad con la recomendación del comandante de la misión EUTM Somalia sobre la propuesta de una contribución de la República de Moldavia, y con el asesoramiento recibido del Comité Militar de la Unión Europea sobre este tema, procede aceptar la contribución de este país y considerarla significativa. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
1. Se acepta y considera significativa la contribución de la República de Moldavia a la EUTM Somalia.
2. La República de Moldavia queda exenta de contribuciones financieras al presupuesto de la EUTM Somalia.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 13 de febrero de 2024.
Por el Comité Político y de Seguridad
La Presidenta
D. PRONK