EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 41, apartado 2,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) | El 8 de junio de 2023, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2023/1137 (1) con la que se establecía una medida de asistencia en el marco del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para apoyar a las Fuerzas Armadas nigerinas. |
(2) | El 26 de julio de 2023, en virtud del artículo 64, apartado 1, letra b), de la Decisión (PESC) 2021/509 del Consejo (2), el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad suspendió provisionalmente la medida de asistencia en apoyo de las Fuerzas Armadas nigerinas, puesto que, a raíz del golpe de Estado en Níger, la situación ya no permitía ejecutar la medida de asistencia con las garantías suficientes. |
(3) | El 23 de abril de 2024, el Comité Político y de Seguridad recomendó al Consejo, en virtud del artículo 64, apartado 2, de la Decisión (PESC) 2021/509, que rescindiera la medida de asistencia establecida en virtud de la Decisión (PESC) 2023/1137. |
(4) | Debe rescindirse la medida de asistencia en apoyo de las Fuerzas Armadas nigerinas y, en consecuencia, debe derogarse la Decisión (PESC) 2023/1137. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
1. Se rescinde la medida de asistencia en el marco del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para apoyar a las Fuerzas Armadas nigerinas, establecida en virtud de la Decisión (PESC) 2023/1137.
2. Queda derogada la Decisión (PESC) 2023/1137.
3. Las disposiciones de la Decisión (PESC) 2023/1137 seguirán aplicándose a la ejecución de los gastos comprometidos hasta la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión, así como a la contabilidad, el inventario, la auditoría, la presentación de cuentas y la responsabilidad correspondientes, hasta que se haya aprobado la gestión del administrador de las medidas de asistencia en relación con dichos gastos.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 15 de julio de 2024.
Por el Consejo
El Presidente
NAGY I.
(1) Decisión (PESC) 2023/1137 del Consejo, de 8 de junio de 2023, sobre una medida de asistencia en el marco del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz para apoyar a las Fuerzas Armadas nigerinas (DO L 149 de 9.6.2023, p. 85).
(2) Decisión (PESC) 2021/509 del Consejo, de 22 de marzo de 2021, por la que se crea un Fondo Europeo de Apoyo a la Paz y se deroga la Decisión (PESC) 2015/528 (DO L 102 de 24.3.2021, p. 14).