Decisión (PESC) 2023/431 del Consejo de 25 de febrero de 2023 por la que se modifica la Decisión (PESC) 2017/1775 relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Mali.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-M-2023-80276
Número oficial:
DOUE-M-2023-80276
Publicación:
25/02/2023
Departamento:
Unión Europea

 

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

 

(2)

El 28 de septiembre de 2017, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2017/1775 (1) relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Mali.

 

El 13 de diciembre de 2021, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2021/2208 (2), por la que se establece un nuevo marco que permite la adopción de medidas restrictivas contra personas y entidades responsables de amenazar la paz, la seguridad o la estabilidad de Mali, o de obstruir o socavar la conclusión satisfactoria de su transición política.

(3)

El 24 de enero y el 21 de marzo de 2022, el Consejo observó que las autoridades de transición decidieron cooperar con las fuerzas mercenarias vinculadas a Rusia del Grupo Wagner, que son notorias por sus atrocidades, en particular por la comisión de graves abusos contra los derechos humanos en Ucrania, Siria, Libia, la República Centroafricana, Sudán, Mali y Mozambique, como torturas y ejecuciones y homicidios extrajudiciales, sumarios o arbitrarios. El Consejo condena la presencia del Grupo Wagner sobre el terreno.

(4)

 

 

(5)

En vista de que la situación en Mali sigue siendo grave, procede incluir a una persona en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo II de la Decisión (PESC) 2017/1775.

 

Procede, por tanto, modificar el anexo II de la Decisión (PESC) 2017/1775 en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo II de la Decisión (PESC) 2017/1775 se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 25 de febrero de 2023.

Por el Consejo

La Presidenta

J. ROSWALL

(1)  Decisión (PESC) 2017/1775 del Consejo, de 28 de septiembre de 2017, relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Mali (DO L 251 de 29.9.2017, p. 23).

(2)  Decisión (PESC) 2021/2208 del Consejo, de 13 de diciembre de 2021, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2017/1775 relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Mali (DO L 446 de 14.12.2021, p. 44).

ANEXO

El anexo II de la Decisión (PESC) 2017/1775 se modifica como sigue:

1) Se añade la entrada siguiente en la lista de personas físicas que figura en la sección «A. Lista de personas físicas a que se refiere el artículo 1 bis, apartado 1»:

 

Nombre

Información identificativa

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

«6.

Ivan Aleksandrovitch MASLOV

Иван Александрович МАСЛОВ

Fecha de nacimiento: 11.7.1982 o 3.1.1980

Lugar de nacimiento: municipio de Arkhangelsk/Chuguevka, distrito de Chuguev, territorio de Primorsky

Nacionalidad: rusa

Sexo: masculino

Cargo: jefe del Grupo Wagner en Mali

Dirección: desconocida, empadronado en el municipio de Shatki, en la región de Nizhni Novgorod, según “All eyes on Wagner”.

Ivan Aleksandrovitch Maslov es el jefe del Grupo Wagner en Mali, cuya presencia en el país ha aumentado desde finales de 2021.

La presencia del Grupo Wagner en Mali supone una amenaza para la paz, la seguridad y la estabilidad del país. En particular, los mercenarios del Grupo Wagner han participado en actos de violencia y en numerosos abusos contra los derechos humanos en el país, entre ellos homicidios extrajudiciales, como la matanza de Moura a finales de marzo de 2022.

Por lo tanto, como jefe local del Grupo Wagner, Ivan Maslov es responsable de acciones del Grupo Wagner que amenazan la paz, la seguridad y la estabilidad de Mali, en particular la participación en actos de violencia y abusos contra los derechos humanos.

25.2.2023».

2) Se añade la entrada siguiente en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos que figura en la sección «B. Lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 1»:

 

 

 

Nombre

Información identificativa

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

«6.

Ivan Aleksandrovitch MASLOV

Иван Александрович МАСЛОВ

Fecha de nacimiento: 11.7.1982 o 3.1.1980

Lugar de nacimiento: municipio de Arkhangelsk/Chuguevka, distrito de Chuguev, territorio de Primorsky

Nacionalidad: rusa

Sexo: masculino

Cargo: jefe del Grupo Wagner en Mali

Dirección: desconocida, empadronado en el municipio de Shatki, en la región de Nizhni Novgorod, según “All eyes on Wagner”.

Ivan Aleksandrovitch Maslov es el jefe del Grupo Wagner en Mali, cuya presencia en el país ha aumentado desde finales de 2021.

La presencia del Grupo Wagner en Mali supone una amenaza para la paz, la seguridad y la estabilidad del país. En particular, los mercenarios del Grupo Wagner han participado en actos de violencia y en numerosos abusos contra los derechos humanos en el país, entre ellos homicidios extrajudiciales como la matanza de Moura a finales de marzo de 2022.

Por lo tanto, como jefe local del Grupo Wagner, Ivan Maslov es responsable de acciones del Grupo Wagner que amenazan la paz, la seguridad y la estabilidad de Mali, en particular la participación en actos de violencia y abusos contra los derechos humanos.

25.2.2023».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

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