EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) El 17 de marzo de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/145/PESC (1).
(2) A raíz de la sentencia del Tribunal General en el asunto T-714/20 (2), procede suprimir una entrada de la lista de personas, entidades y organismos que figura en el anexo de la Decisión 2014/145/PESC.
(3) Por lo tanto, procede modificar la Decisión 2014/145/PESC en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo de la Decisión 2014/145/PESC se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 6 de febrero de 2023.
Por el Consejo
La Presidenta
J. ROSWALL
(1) Decisión 2014/145/PESC del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO L 78 de 17.3.2014, p. 16).
(2) Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 26 de octubre de 2022, Dmitry Vladimirovich Ovsyannikov/Consejo de la Unión Europea, T-714/20, identificador ECLI: ECLI:EU:T:2022:674.
ANEXO
En el anexo de la Decisión 2014/145/PESC, «Lista de personas, entidades y organismos a que se refieren los artículos 1 y 2», bajo el encabezamiento «Personas», se suprime la entrada correspondiente a la siguiente persona:
161. | Dmitry Vladimirovich OVSYANNIKOV. |