Decisión (PESC) 2023/1528 del Consejo de 20 de julio de 2023 que modifica la Decisión (PESC) 2018/907 por la que se prorroga el mandato del representante especial de la Unión Europea para el Cáucaso Meridional y la crisis en Georgia.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2023-81072
Número oficial:
DOUE-L-2023-81072
Publicación:
24/07/2023
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2, y su artículo 33,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 7 de julio de 2003, el Consejo acordó nombrar un representante especial de la Unión Europea (REUE) para el Cáucaso Meridional.

(2)

El 13 de noviembre de 2017, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2017/2071 (1) por la que se nombraba REUE para el Cáucaso Meridional y la crisis en Georgia a D. Toivo KLAAR. El mandato del REUE se ha prorrogado sucesivamente, la última vez mediante la Decisión (PESC) 2022/1237 del Consejo (2), y expirará el 31 de agosto de 2023.

(3)

Procede prorrogar el mandato del REUE por un nuevo período de 12 meses y establecer un nuevo importe de referencia financiera para el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024.

(4)

El REUE desempeñará el mandato en el contexto de una situación que puede deteriorarse y que podría impedir el cumplimiento de los objetivos de la acción exterior de la Unión establecidos en el artículo 21 del Tratado.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión (PESC) 2018/907 se modifica como sigue:

1)

El artículo 1 se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 1

Representante especial de la Unión Europea

Se prorroga hasta el 31 de agosto de 2024 el mandato de Toivo KLAAR como representante especial de la Unión Europea (REUE) para el Cáucaso Meridional y la crisis en Georgia (Cáucaso Meridional). El Consejo podrá decidir que el mandato del REUE termine antes de dicha fecha, sobre la base de una evaluación del Comité Político y de Seguridad (CPS) y a propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, “Alto Representante”).».

2)

En el artículo 5, apartado 1, se añade el párrafo siguiente:

«El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE para el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024 será de 2 763 000 EUR.».

3)

En el artículo 14, párrafo primero, la segunda frase se sustituye por el texto siguiente:

«El REUE presentará al Consejo, al Alto Representante y a la Comisión informes periódicos de situación y un informe global final sobre la ejecución de su mandato a más tardar el 31 de mayo de 2024.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 20 de julio de 2023.

Por el Consejo

El Presidente

J. BORRELL FONTELLES

(1)  Decisión (PESC) 2017/2071 del Consejo, de 13 de noviembre de 2017, por la que se nombra al representante especial de la Unión Europea para el Cáucaso Meridional y la crisis en Georgia (DO L 295 de 14.11.2017, p. 55).

(2)  Decisión (PESC) 2022/1237 del Consejo, de 18 de julio de 2022, que modifica la Decisión (PESC) 2018/907 por la que se prorroga el mandato del representante especial de la Unión Europea para el Cáucaso Meridional y la crisis en Georgia (DO L 190 de 19.7.2022, p. 125).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Comunicación de la Comisión en la que se ofrecen orientaciones sobre las disposiciones nuevas o modificadas sustancialmente de la Directiva (UE) 2024/1275 relativa a la eficiencia energética de los edificios refundida.

Otros 18/12/2025

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