EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 33 y su artículo 31, apartado 2,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) | El 8 de diciembre de 2011, el Consejo acordó nombrar a un representante especial de la Unión Europea (REUE) para el Cuerno de África. |
(2) | El 21 de junio de 2021, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2021/1012 (1), por la que se nombraba REUE para el Cuerno de África a D.a Annette WEBER. El mandato de la REUE finaliza el 31 de agosto de 2022. |
(3) | Procede prorrogar el mandato de la REUE por un período adicional de veinticuatro meses y establecer un nuevo importe de referencia financiera para el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de agosto de 2024. |
(4) | La REUE desempeñará su mandato en el contexto de una situación que puede deteriorarse y podría impedir la consecución de los objetivos de la acción exterior de la Unión establecidos en el artículo 21 del Tratado. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El mandato de D.a Annette WEBER como Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para el Cuerno de África se prorroga hasta el 31 de agosto de 2024. El Consejo podrá decidir que el mandato de la REUE termine antes de dicha fecha, basándose en una evaluación del Comité Político y de Seguridad y a propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.
Artículo 2
La Decisión (PESC) 2021/1012 se modifica como sigue:
1) | En el artículo 5, apartado 1, se añade el párrafo siguiente: «El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con el mandato de la REUE para el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de agosto de 2024 será de 4 744 381,14 EUR.». |
2) | En el artículo 14, la segunda frase se sustituye por el texto siguiente: «La REUE presentará al Consejo, al Alto Representante y a la Comisión informes periódicos de situación y un informe global final sobre la ejecución de su mandato a más tardar el 31 de mayo de 2024.». |
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 18 de julio de 2022.
Por el Consejo
El Presidente
J. BORRELL FONTELLES
(1) Decisión (PESC) 2021/1012 del Consejo, de 21 de junio de 2021, por la que se nombra al representante especial de la Unión Europea para el Cuerno de África (DO L 222 de 22.6.2021, p. 27).