EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) | El 19 de noviembre de 2018, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2018/1789 (1) en apoyo de la lucha contra el tráfico ilícito y contra la proliferación de armas pequeñas y ligeras en los Estados miembros de la Liga de los Estados Árabes. |
(2) | El artículo 5, apartado 2, de la Decisión (PESC) 2018/1789 dispone que dicha Decisión expirará veinticuatro meses después de la fecha de celebración del acuerdo a que se refiere el artículo 3, apartado 3, de dicha Decisión. |
(3) | El 30 de octubre de 2020, la Small Arms Survey (SAS), que es la agencia ejecutiva del proyecto mencionado en el artículo 1 de la Decisión (PESC) 2018/1789, solicitó la autorización de la Unión para prorrogar seis meses el período de ejecución establecido en dicha Decisión, lo cual cambiará el período de ejecución a una duración de treinta meses. Esta prórroga se ha solicitado debido a la pandemia de COVID-19 y al consiguiente aplazamiento de una serie de actividades previstas por el proyecto. |
(4)
(5) | La solicitud de modificación de la Decisión (PESC) 2018/1789 afecta a su artículo 5, apartado 2.
La prórroga de seis meses del período de ejecución establecido en la Decisión (PESC) 2018/1789 puede llevarse a cabo sin repercusiones en los recursos financieros. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El artículo 5, apartado 2, de la Decisión (PESC) 2018/1789 se sustituye por el texto siguiente:
«2. La presente Decisión expirará treinta meses después de la fecha de celebración del acuerdo a que se refiere el artículo 3, apartado 3.».
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 17 de diciembre de 2020.
Por el Consejo
La Presidenta
S. SCHULZE
(1) Decisión (PESC) 2018/1789 del Consejo, de 19 de noviembre de 2018, en apoyo de la lucha contra el tráfico ilícito y la proliferación de armas pequeñas y ligeras en los Estados miembros de la Liga de los Estados Árabes (DO L 293 de 20.11.2018, p. 24).