Decisión (PESC) 2018/715 del Consejo, de 14 de mayo de 2018, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2016/849 relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2018-80799
Número oficial:
DOUE-L-2018-80799
Publicación:
16/05/2018
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 22 de abril de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/183/PESC (1) relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea (RPDC).

(2)

El 2 de julio de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/1066 (2) por la que se añadía al anexo II de la Decisión 2013/183/PESC la Korea National Insurance Company (KNIC) GmbH y a seis personas que actúan en su nombre o bajo su dirección. El 31 de marzo de 2016, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2016/475 (3) por la que se añadía la KNIC al anexo II de la Decisión 2013/183/PESC y se suprimía la mención relativa a la KNIC GmbH. La Decisión (PESC) 2016/475 ha modificado igualmente las menciones relativas a seis personas que actúan en nombre de la KNIC o bajo su dirección.

(3)

El 27 de mayo de 2016, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2016/849 (4) relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea y por la que se deroga la Decisión 2013/183/PESC.

(4)

El 5 de agosto de 2017, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 2371 (2017) que dispuso nuevas medidas contra la RPDC, y entre ellas, la inclusión de la KNIC en la lista.

(5)

El 10 de agosto de 2017, el Consejo adoptó la Decisión de Ejecución (PESC) 2017/1459 (5) que añadió la KNIC al anexo I de la Decisión (PESC) 2016/849, y el 24 de agosto de 2017, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2017/1504 (6) que retiró a la KNIC del anexo II de la Decisión (PESC) 2016/849.

(6)

Procede, por consiguiente, trasladar al anexo III de la Decisión (PESC) 2016/849 las menciones de las personas que actúan en nombre de la KNIC o bajo su dirección y suprimirlas de su anexo II.

(7)

Por consiguiente, los anexos III y II de la Decisión (PESC) 2016/849 deben modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los anexos III y II de la Decisión (PESC) 2016/849 quedan modificados conforme a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 14 de mayo de 2018.

Por el Consejo

La Presidenta

E. ZAHARIEVA

______________________

(1) Decisión 2013/183/PESC del Consejo, de 22 de abril de 2013, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea y por la que se deroga la Decisión 2010/800/PESC (DO L 111 de 23.4.2013, p. 52).

(2) Decisión (PESC) 2015/1066 del Consejo, de 2 de julio de 2015, por la que se modifica la Decisión 2013/183/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea (DO L 174 de 3.7.2015, p. 25).

(3) Decisión (PESC) 2016/475 del Consejo, de 31 de marzo de 2016, por la que se modifica la Decisión 2013/183/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea (DO L 85 de 1.4.2016, p. 34).

(4) Decisión (PESC) 2016/849 del Consejo, de 27 de mayo de 2016, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea y por la que se deroga la Decisión 2013/183/PESC (DO L 141 de 28.5.2016, p. 79).

(5) Decisión de Ejecución (PESC) 2017/1459 del Consejo, de 10 de agosto de 2017, por la que se aplica la Decisión (PESC) 2016/849 relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea (DO L 208 de 11.8.2017, p. 38).

(6) Decisión (PESC) 2017/1504 del Consejo, de 24 de agosto de 2017, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2016/849 relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea (DO L 221 de 26.8.2017, p. 22).

ANEXO

.

A. En el apartado «A. Personas» del epígrafe «Lista de las personas a que se refieren el artículo 23, apartado 1, letra c), y el artículo 27, apartado 1, letra c)» del anexo III de la Decisión (PESC) 2016/849, se añaden las menciones siguientes:

Nombre

Información identificativa

Fecha de inclusión en la lista

Motivos

«19.

KIM Il-Su

alias: KIM Il Su

Fecha de nacimiento: 2.9.1965

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

3.7.2015

Director del departamento de reaseguros de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) destinado en la sede de Pionyang y antiguo representante en jefe autorizado de la KNIC en Hamburgo, que actúa en nombre de la KNIC o bajo su dirección.

20.

KANG Song-Sam

alias: KANG Song Sam

Fecha de nacimiento: 5.7.1972

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

3.7.2015

Exrepresentante autorizado de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) en Hamburgo, que sigue actuando para o en nombre de la KNIC, o bajo su dirección.

21.

CHOE Chun-Sik

alias: CHOE Chun Sik

Fecha de nacimiento: 23.12.1963

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

Número de pasaporte: 745132109

Válido hasta 12.2.2020

3.7.2015

Director del departamento de reaseguros de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) destinado en la sede de Pionyang, que actúa en nombre de la KNIC o bajo su dirección.

22.

SIN Kyu-Nam

alias: SIN Kyu Nam

Fecha de nacimiento: 12.9.1972

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

Número de pasaporte: PO472132950

3.7.2015

Director del departamento de reaseguros de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) destinado en la sede de Pionyang y antiguo representante autorizado de la KNIC en Hamburgo, que actúa en nombre de la KNIC o bajo su dirección.

23.

PAK Chun-San

alias: PAK Chun San

Fecha de nacimiento: 18.12.1953

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

Número de pasaporte: PS472220097

3.7.2015

Director del departamento de reaseguros de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) destinado en la sede de Pionyang al menos hasta diciembre de 2015 y exrepresentante en jefe autorizado de la KNIC en Hamburgo, que sigue actuando para o en nombre de la KNIC, o bajo su dirección.

24.

SO Tong Myong

Fecha de nacimiento: 10.9.1956

3.7.2015

Presidente de la Korea National Insurance Corporation (KNIC), presidente ejecutivo del Comité de gestión de KNIC (junio de 2012); Director general de la Korean National Insurance Corporation, septiembre de 2013, actúa en nombre de la KNIC o bajo su dirección.»

B. En el apartado «A. Personas» del epígrafe «II. Personas y entidades que prestan servicios financieros que puedan contribuir a programas relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva de la RPDC», del anexo II de la Decisión (PESC) 2016/849, se suprimen las menciones siguientes:

Nombre

Alias

Información identificativa

Fecha de inclusión en la lista

Exposición de motivos

«3.

KIM Il-Su

KIM Il Su

Fecha de nacimiento: 2.9.1965

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

3.7.2015

Director del departamento de reaseguros de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) destinado en la sede de Pionyang y antiguo representante en jefe autorizado de la KNIC en Hamburgo, que actúa en nombre de la KNIC o bajo su dirección.

4.

KANG Song-Sam

KANG Song Sam

Fecha de nacimiento: 5.7.1972

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

3.7.2015

Exrepresentante autorizado de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) en Hamburgo, que sigue actuando para o en nombre de la KNIC, o bajo su dirección.

5.

CHOE Chun-Sik

CHOE Chun Sik

Fecha de nacimiento: 23.12.1963

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

Número de pasaporte: 745132109

Válido hasta 12.2.2020

3.7.2015

Director del departamento de reaseguros de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) destinado en la sede de Pionyang, que actúa en nombre de la KNIC o bajo su dirección.

6.

SIN Kyu-Nam

SIN Kyu Nam

Fecha de nacimiento: 12.9.1972

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

Número de pasaporte: PO472132950

3.7.2015

Director del departamento de reaseguros de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) destinado en la sede de Pionyang y antiguo representante autorizado de la KNIC en Hamburgo, que actúa en nombre de la KNIC o bajo su dirección.

7.

PAK Chun-San

PAK Chun San

Fecha de nacimiento: 18.12.1953

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

Número de pasaporte: PS472220097

3.7.2015

Director del departamento de reaseguros de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) destinado en la sede de Pionyang al menos hasta diciembre de 2015 y exrepresentante en jefe autorizado de la KNIC en Hamburgo, que sigue actuando para o en nombre de la KNIC, o bajo su dirección.

8.

SO Tong Myong

Fecha de nacimiento: 10.9.1956

3.7.2015

Presidente de la Korea National Insurance Corporation (KNIC), presidente ejecutivo del Comité de gestión de KNIC (junio de 2012); Director general de la Korean National Insurance Corporation, septiembre de 2013, actúa en nombre de la KNIC o bajo su dirección.»

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

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