EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) | El 16 de julio de 2012, el Consejo adoptó la Decisión 2012/389/PESC (1) sobre la Misión de la Unión Europea de desarrollo de las capacidades marítimas regionales en el Cuerno de África (EUCAP NESTOR). |
(2) | El 12 de diciembre de 2016, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2016/2240 (2), que modifica la Decisión 2012/389/PESC. La denominación de la misión se cambió por EUCAP Somalia y su mandato se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2018. |
(3) | El 15 de febrero de 2018, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2018/226 (3) por la que se modificó la Decisión 2012/389/PESC y se estableció un importe de referencia financiera para el período que va hasta el 31 de diciembre de 2018. |
(4)
(5) | Siguiendo la Revisión Estratégica Holística y Coordinada del compromiso de la PCSD con Somalia y el Cuerno de África, el Comité Político y de Seguridad ha acordado modificar el mandato de la Misión y prorrogarla hasta el 31 de diciembre de 2020.
Por consiguiente, la Decisión 2012/389/PESC debe modificarse en consecuencia.
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HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión 2012/389/PESC se modifica como sigue:
1) En el artículo 3, apartado 1, la letra c) se sustituye por el texto siguiente:
«c) perseguirá estos objetivos apoyando a las autoridades somalíes a la hora de elaborar la legislación necesaria e impulsar el desarrollo de las autoridades judiciales, proporcionando a las entidades somalíes encargadas de velar por el cumplimiento de la legislación marítima civil la orientación, el asesoramiento, la formación y el equipamiento necesarios, y asesorando en materia de política, mando, control y coordinación al Ministerio de Seguridad Interior y a la policía para respaldar las iniciativas de la Unión y de socios internacionales.».
2) En el artículo 13, apartado 1, se añade el párrafo siguiente:
«El importe de referencia financiera destinado a la cobertura de los gastos relacionados con la EUCAP Somalia para el período comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2020 será de 66 100 000 EUR.».
3) En el artículo 16, la segunda frase se sustituye por el texto siguiente:
«Será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2020.».
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 10 de diciembre de 2018.
Por el Consejo
La Presidenta
F. MOGHERINI
(1) Decisión 2012/389/PESC del Consejo, de 16 de julio de 2012, sobre la Misión de la Unión Europea de desarrollo de las capacidades en Somalia (EUCAP NESTOR) (DO L 187 de 17.7.2012, p. 40).
(2) Decisión (PESC) 2016/2240 del Consejo, de 12 de diciembre de 2016, que modifica la Decisión 2012/389/PESC por la que se crea la Misión de la Unión Europea de desarrollo de las capacidades marítimas regionales en el Cuerno de África (EUCAP NESTOR) (DO L 337 de 13.12.2016, p. 18).
(3) Decisión (PESC) 2018/226 del Consejo, de 15 de febrero de 2018, por la que se modifica la Decisión 2012/389/PESC sobre la Misión de la Unión Europea de desarrollo de las capacidades en Somalia (EUCAP Somalia) (DO L 43 de 16.2.2018, p. 15).