Decisión (PESC) 2018/1884 del Consejo, de 3 de diciembre de 2018, que modifica y prorroga la Decisión 2010/452/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2018-81959
Número oficial:
DOUE-L-2018-81959
Publicación:
04/12/2018
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 12 de agosto de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/452/PESC (1), que prorrogaba la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia), establecida por la Acción Común 2008/736/PESC del Consejo (2).

(2)

El 12 de diciembre de 2016, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2016/2238 (3), por la que se prorrogaba el mandato de la EUMM Georgia hasta el 14 de diciembre de 2018 y se la dotaba de un importe de referencia financiera hasta el 14 de diciembre de 2017.

(3)

El 7 de diciembre de 2017, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2017/2263 (4), que establecía un importe de referencia financiera hasta el 14 de diciembre de 2018.

(4)

Tras la revisión estratégica de 2018, el Comité Político y de Seguridad recomendó que el mandato de la EUMM Georgia se prorrogase hasta el 14 de diciembre de 2020.

(5)

Procede modificar en consecuencia la Decisión 2010/452/PESC.

(6)

La EUMM Georgia se llevará a cabo en el contexto de una situación que puede deteriorarse y que podría impedir que se alcancen los objetivos de la acción exterior de la UE, tal como figuran en el artículo 21 del Tratado.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2010/452/PESC se modifica como sigue:

1)

En el artículo 14, apartado 1, se añade el párrafo siguiente:

«El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la Misión para el período comprendido entre el 15 de diciembre de 2018 y el 14 de diciembre de 2020 ascenderá a 38 200 000 EUR.».

2)

En el artículo 18, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:

«Expirará el 14 de diciembre de 2020.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Será aplicable a partir del 15 de diciembre de 2018.

Hecho en Bruselas, el 3 de diciembre de 2018.

Por el Consejo

El Presidente

N. HOFER

 

 

(1)  Decisión 2010/452/PESC del Consejo, de 12 de agosto de 2010, sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (DO L 213 de 13.8.2010, p. 43).

(2)  Acción Común 2008/736/PESC del Consejo, de 15 de septiembre de 2008, sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (DO L 248 de 17.9.2008, p. 26).

(3)  Decisión (PESC) 2016/2238 del Consejo, de 12 de diciembre de 2016, por la que se modifica la Decisión 2010/452/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (DO L 337 de 13.12.2016, p. 15).

(4)  Decisión (PESC) 2017/2263 del Consejo, de 7 de diciembre de 2017, por la que se modifica la Decisión 2010/452/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (DO L 324 de 8.12.2017, p. 51).

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