Decisión (PESC) 2017/2427 del Consejo, de 21 de diciembre de 2017, por la que se modifica la Decisión 2010/231/PESC sobre medidas restrictivas contra Somalia.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2017-82581
Número oficial:
DOUE-L-2017-82581
Publicación:
22/12/2017
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la Decisión 2010/231/PESC del Consejo, de 26 de abril de 2010, sobre medidas restrictivas contra Somalia y por la que se deroga la Posición Común 2009/138/PESC (1),

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 26 de abril de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/231/PESC.

(2)

El 14 de noviembre de 2017, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 2385 (2017). Dicha Resolución establece una exención en lo que respecta a la inmovilización de activos y a la prohibición de poner a disposición fondos, otros activos financieros y recursos económicos para asegurar el suministro de la asistencia humanitaria que se necesite con urgencia en Somalia, por parte de las Naciones Unidas, sus organismos especializados o sus programas, las organizaciones humanitarias reconocidas como observadoras ante la Asamblea General de las Naciones Unidas que proporcionan asistencia humanitaria, y sus asociados en la ejecución, incluidas las organizaciones no gubernamentales financiadas bilateral o multilateralmente que participen en el Plan de Respuesta Humanitaria de las Naciones Unidas para Somalia.

(3)

Procede, por lo tanto, modificar la Decisión 2010/231/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 6 de la Decisión 2010/231/PESC, el apartado 6 se sustituye por el texto siguiente:

«6. Los apartados 1 y 2 no se aplicarán al pago de fondos, otros activos financieros o recursos económicos necesarios para asegurar el suministro oportuno de la asistencia humanitaria que se necesite con urgencia en Somalia, por parte de las Naciones Unidas, sus organismos especializados o programas, las organizaciones humanitarias que tengan estatuto de observadoras ante la Asamblea General de las Naciones Unidas y proporcionen asistencia humanitaria, y sus asociados en la ejecución, incluidas las organizaciones no gubernamentales financiadas bilateral o multilateralmente que participen en el Plan de Respuesta Humanitaria de las Naciones Unidas para Somalia.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 21 de diciembre de 2017.

Por el Consejo

El Presidente

M. MAASIKAS

__________

(1) DO L 105 de 27.4.2010, p. 17.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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