Decisión (PESC) 2016/50 del Consejo, de 18 de enero de 2016, por la que se modifica la Decisión 2014/219/PESC relativa a la Misión PCSD de la Unión Europea en Mali (EUCAP Sahel Mali).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2016-80036
Número oficial:
DOUE-L-2016-80036
Publicación:
19/01/2016
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 28, su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 15 de abril de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/219/PESC (1), relativa a la Misión PCSD de la Unión Europea en Mali (EUCAP Sahel Mali), que tiene una validez de 24 meses a partir de la fecha de inicio de EUCAP Sahel Mali.

(2)

El 19 de enero de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/76 (2), por la que se modificó la Decisión 2014/219/PESC, se dio inicio a EUCAP Sahel Mali el 15 de enero de 2015 y se le asignó un importe de referencia hasta el 14 de enero de 2016.

(3)

Conviene modificar la Decisión 2014/219/PESC, con objeto de incluir un nuevo importe de referencia financiera para el período comprendido entre el 15 de enero de 2016 y el 14 de enero de 2017.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2014/219/PESC se modifica como sigue:

1)

En el artículo 14, apartado 1, se añade el párrafo siguiente:

«El importe de referencia financiera previsto para cubrir los gastos relativos a la EUCAP Sahel Mali desde el 15 de enero de 2016 hasta el 14 de enero de 2017 será de 14 850 000 EUR.».

2)

En el artículo 14, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:

«2. Todos los gastos se gestionarán con arreglo a los procedimientos y las normas aplicables al presupuesto general de la Unión. La participación de personas físicas y jurídicas en las adjudicaciones de licitaciones de la EUCAP Sahel Mali estará abierta sin limitaciones. Además, no se aplicará ninguna norma de origen a los productos adquiridos por la EUCAP Sahel Mali. Previa aprobación de la Comisión, la EUCAP Sahel Mali podrá celebrar acuerdos técnicos con Estados miembros, con el Estado anfitrión, con terceros Estados participantes y otros agentes internacionales en relación con el suministro de equipos, servicios y locales a la EUCAP Sahel Mali.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Se aplicará a partir del 15 de enero de 2016.

Hecho en Bruselas, el 18 de enero de 2016.

Por el Consejo

La Presidenta

F. MOGHERINI

___________

(1) Decisión 2014/219/PESC del Consejo, de 15 de abril de 2014, relativa a la Misión PCSD de la Unión Europea en Mali (EUCAP Sahel Mali) (DO L 113 de 16.4.2014, p. 21).

(2) Decisión (PESC) 2015/76 del Consejo, de 19 de enero de 2015, por la que se inicia la Misión PCSD de la Unión Europea en Mali (EUCAP Sahel Mali) y se modifica la Decisión 2014/219/PESC (DO L 13 de 20.1.2015, p. 5).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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