Decisión (PESC) 2015/957 del Comité Político y de Seguridad, de 17 de junio de 2015, relativa a la aceptación de contribuciones de terceros Estados a la Misión asesora de la Unión Europea para la reforma del sector de la seguridad civil en Ucrania (EUAM Ucrania) (EUAM Ucrania/2/2015).

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2015-81184
Número oficial:
DOUE-L-2015-81184
Publicación:
20/06/2015
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD,(EUAM Ucrania/2/2015)

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 38, párrafo tercero,

Vista la Decisión 2014/486/PESC del Consejo, de 22 de julio de 2014, relativa a la Misión asesora de la Unión Europea para la reforma del sector de la seguridad civil en Ucrania (EUAM Ucrania) (1), y, en particular, su artículo 10,

Considerando lo siguiente:

(1)

En virtud del artículo 10, apartado 3, de la Decisión 2014/486/PESC, el Consejo autorizó al Comité Político y de Seguridad (CPS) a adoptar las decisiones oportunas relativas a la aceptación de las contribuciones de terceros Estados a la Misión asesora de la Unión Europea para la reforma del sector de la seguridad civil en Ucrania (EUAM Ucrania).

(2)

El Comandante de las operaciones civiles ha recomendado al CPS que acepte y considere significativas las contribuciones propuestas por Canadá y el Reino de Noruega a la EUAM Ucrania.

(3)

Canadá y el Reino de Noruega deben quedar exentos de contribución financiera al presupuesto de la EUAM Ucrania.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Contribuciones de terceros Estados

1. Se aceptan y consideran significativas las contribuciones de Canadá y del Reino de Noruega a la Misión asesora de la Unión Europea para la reforma del sector de la seguridad civil en Ucrania (EUAM Ucrania).

2. Canadá y el Reino de Noruega quedan exentos de contribución financiera al presupuesto de la UEAM Ucrania.

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 17 de junio de 2015.

Por el Comité Político y de Seguridad

El Presidente W. STEVENS

_______________________

(1) DO L 217 de 23.7.2014, p. 42.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

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Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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