Decisión nº 3/JP/2018, de 25 de enero de 2019, del Comité mixto instituido en el marco del Acuerdo sobre reconocimiento mutuo entre la Comunidad Europea y Japón en relación con el registro de los organismos de evaluación de la conformidad en el anexo sectorial sobre equipos terminales de telecomunicación y equipos radioeléctricos [2019/347].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2019-80353
Número oficial:
DOUE-L-2019-80353
Publicación:
01/03/2019
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ MIXTO,

Visto el Acuerdo sobre reconocimiento mutuo entre la Comunidad Europea y Japón, y en particular su artículo 8, apartado 3, letra a), y su artículo 9, apartado 1, letra b),

Considerando que la inclusión de uno o varios organismos de evaluación de la conformidad en un anexo sectorial requiere una decisión del Comité Mixto,

DECIDE:

1. El organismo de evaluación de la conformidad indicado a continuación se registrará en el anexo sectorial sobre equipos terminales de telecomunicación y equipos radioeléctricos del Acuerdo, a efectos de los productos y los procedimientos de evaluación de la conformidad indicados más adelante.

Nombre, acrónimo y datos de contacto del organismo de evaluación de la conformidad:

Nombre: CETECOM GmbH

Dirección: Im Teelbruch 116, D-45219 Essen, ALEMANIA

Número de teléfono: +49 2054 9519 404

Número de fax: +49 2054 9519 150

Dirección de correo electrónico: francis.lima@cetecom.com

Dirección URL: http://www.cetecom.com

Persona de contacto del OEC designado: Francis Lima

Alcance del registro por lo que respecta a los productos y procedimientos de evaluación de la conformidad

A efectos de la Ley de radiofonía (Radio Law):

Equipos radioeléctricos especificados en el artículo 38-2-2, apartado 1, incisos i), ii) y iii), de la Ley de radiofonía

2. La presente Decisión, hecha por duplicado, será firmada por los copresidentes. La presente Decisión surtirá efecto a partir de la fecha de la última de ambas firmas.

En nombre de Japón

Kyoichiro KAWAKAMI

Firmado en Tokio, el 25 de enero de 2019.

En nombre de la Unión Europea

Ignacio IRUARRIZAGA

Firmado en Bruselas, el 16 de enero de 2019.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

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Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

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Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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