Decisión nº 3/2012 del Comité de Embajadores ACP-UE, de 13 de septiembre de 2012, relativa a la reasignación de parte de los recursos no asignados del 10º Fondo Europeo de Desarrollo (FED) para cooperación intra-ACP.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2012-81734
Número oficial:
DOUE-L-2012-81734
Publicación:
27/09/2012
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ DE EMBAJADORES ACP-UE,

Visto el Acuerdo de Asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 ( 1 ), y modificado por primera vez en Luxemburgo el 25 de junio de 2005 ( 2 ) y por segunda vez en Uagadugu el 22 de junio de 2010 ( 3 ) («el Acuerdo de Asociación ACP-UE»), y, en particular, su anexo I ter, apartado 6,

Considerando lo siguiente:

(1) Los fondos restantes del 10 o Fondo Europeo de Desarrollo (FED) intra-ACP resultan insuficientes para cumplir los requisitos de programación que se desprenden de la evaluación intermedia del 10 o FED intra-ACP.

(2) Para seguir dando una respuesta rápida y eficaz a las situaciones de conflicto violento que se dan en África, es necesaria la reconstitución del Fondo de Paz para África.

(3) Para permitir la financiación de las prioridades de la Unión y de los países ACP, deben transferirse los importes necesarios de los recursos no asignados del 10 o FED a la dotación destinada a la cooperación intra-ACP.

(4) Conviene que el propio Comité de Embajadores ACP-UE adopte la presente Decisión sin demora.

HA ADOPTADO LA SIGUIENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Cooperación intra-ACP

Se transferirá un importe de 195 millones EUR de los recursos no asignados del 10 o FED a la dotación para la cooperación intra-ACP, de conformidad con los objetivos establecidos en los artículos 11, 28, 29 y 30 del Acuerdo de Asociación ACP-CE.

Artículo 2

Solicitud de financiación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 ter, letra a), del anexo IV del Acuerdo de Asociación ACP-UE, el Comité de Embajadores ACP-UE solicita a la Comisión que financie las actividades propuestas por parte de la Unión y del grupo de Estados ACP, respectivamente, y, en particular, que proporcione financiación adicional para el Fondo de Paz para África por un importe total de 100 millones EUR, con objeto de contribuir a los esfuerzos de la Unión Africana y de las organizaciones regionales para hacer frente a cuestiones de seguridad en toda África.

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 13 de septiembre de 2012.

Por el Comité de Embajadores ACP-UE

El Presidente

D. EVINA ABE’E

___________________

( 1 ) DO L 317 de 15.12.2000, p. 3.

( 2 ) Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de Asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 (DO L 209 de 11.8.2005, p. 27).

( 3 ) Acuerdo por el que se modifica por segunda vez el Acuerdo de Asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 y modificado por primera vez en Luxemburgo el 25 de junio de 2005 (DO L 287 de 4.11.2010, p. 3).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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