Decisión nº 28/2004 del Comité mixto instituido por el Acuerdo sobre el reconocimiento mutuo entre la Comunidad Europea y los Estados Unidos de América, de 19 de julio de 2004, acerca de la inclusión de un organismo de evaluación de la conformidad en el anexo sectorial sobre compatibilidad electromágnetica.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2004-82494
Número oficial:
DOUE-L-2004-82494
Publicación:
20/10/2004
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ MIXTO,

Visto el Acuerdo sobre el reconocimiento mutuo entre los Estados Unidos de América y la Comunidad Europea, y, en particular, sus artículos 7 y 14,

Considerando que el Comité mixto deberá adoptar la decisión de incluir un organismo u organismos de evaluación de la conformidad en un anexo sectorial, DECIDE:

1) El organismo de evaluación de la conformidad mencionado en el apéndice A se añadirá a la lista de organismos de evaluación de la conformidad en la columna «Acceso de la CE al mercado estadounidense » de la sección V del anexo sectorial sobre compatibilidad electromagnética.

2) El ámbito específico, en lo que se refiere a productos y procedimientos de evaluación de la conformidad, en relación con el cual se incluye en la lista al organismo de evaluación de la conformidad indicado en el apéndice A ha sido acordado por las Partes y será mantenido por éstas.

La presente Decisión, hecha por duplicado, deberá ser firmada por los representantes del Comité mixto facultados por las Partes para modificar el Acuerdo. La presente Decisión surtirá efecto a partir de la fecha de la última firma.

Firmado en Washington, el 7 de julio de 2004.

En nombre de los Estados Unidos de América

James C. SANFORD

Firmado en Bruselas, el 19 de julio de 2004.

En nombre de la Comunidad Europea

Joanna KIOUSSI

Apéndice A

Organismo de evaluación de la conformidad de la CE añadido a la lista de organismos de evaluación de la conformidad en la columna «Acceso de la CE al mercado estadounidense» de la sección V del anexo sectorial sobre compatibilidad electromagnética

GYL Technologies

Parc d’activités de Lanserre

21, rue de la Fuye

F-49610 Juigné-sur-Loire

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Fax: (33 2) 41 45 25 77

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

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