Decisión nº 2/2015 del Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible UE-Georgia, de 18 de noviembre de 2015, por la que se establece la lista de expertos en comercio y desarrollo sostenible [2017/1366].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2017-81442
Número oficial:
DOUE-L-2017-81442
Publicación:
22/07/2017
Departamento:
Unión Europea

EL SUBCOMITÉ DE COMERCIO Y DESARROLLO SOSTENIBLE UE-GEORGIA,

Visto el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Georgia, por otra (1) («Acuerdo»), y en particular su artículo 243,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 431 del Acuerdo, determinadas partes del mismo se aplican provisionalmente desde el 1 de septiembre de 2014.

(2)

Según el artículo 243, apartado 3, del Acuerdo, el Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible debe elaborar una lista de al menos quince personas que estén dispuestas a actuar como expertos en los procedimientos del Grupo de Expertos y tengan la capacidad para ello.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La lista de expertos en comercio y desarrollo sostenible a efectos del artículo 243 del Acuerdo se establece en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Tiflis, el 18 de noviembre de 2015.

La Presidencia

Lali GOGOBERIDZE

Directora del Departamento de Análisis y Políticas Económicas del Ministerio de Economía y Desarrollo Sostenible de Georgia. Presidencia en representación de Georgia

Los Secretarios

Irakli TSIKORIDZE

Especialista Jefe del Departamento de Comercio Exterior y Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Economía y Desarrollo Sostenible de Georgia

Daniel KRAMER

Responsable de políticas de la Unidad D1 (Comercio y Desarrollo Sostenible, Sistema de Preferencias Generalizadas) de la Dirección General de Comercio de la Comisión Europea

_____________

(1) DO L 261 de 30.8.2014, p. 4.

ANEXO

LISTA DE EXPERTOS EN COMERCIO Y DESARROLLO SOSTENIBLE

I. Expertos propuestos por Georgia

1.

Nata STURUA

2.

David KIKODZE

3.

Marina SHVANGIRADZE

4.

Ilia OSEPASHVILI

5.

Roin MIGRIAULI

II. Expertos propuestos por la UE

1.

Eddy LAURIJSSEN

2.

Jorge CARDONA

3.

Karin LUKAS

4.

Hélène RUIZ FABRI

5.

Laurence BOISSON DE CHAZOURNES

6.

Geert Van CALSTER

III. Presidentes

1.

Jill MURRAY (Australia)

2.

Janice BELLACE (Estados Unidos)

3.

Ross WILSON (Nueva Zelanda)

4.

Arthur APPLETON (Estados Unidos)

5.

Nathalie BERNASCONI (Suiza)

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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