Decisión nº 1/JP/2002, de 13 de noviembre de 2002, del Comité mixto instituido en el marco del Acuerdo sobre reconocimiento mutuo entre la Comunidad Europea y Japón, relativa al registro de un organismo de evaluación de la conformidad en el anexo sectorial sobre productos eléctricos.

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2003-80488
Número oficial:
DOUE-L-2003-80488
Publicación:
29/03/2003
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ MIXTO,

Visto el Acuerdo sobre reconocimiento mutuo entre Japón y la Comunidad Europea, y, en particular, la letra a) del apartado 3 del artículo 8 y la letra b) del apartado 1 del artículo 9,

DECIDE:

1) El organismo de evaluación de la conformidad indicado a continuación se registrará en el anexo sectorial sobre productos eléctricos del Acuerdo, a efectos de los productos y los procedimientos de evaluación de la conformidad indicados más adelante.

Nombre, acrónimo y señas del organismo de evaluación de la conformidad

Nombre: JAPAN QUALITY ASSURANCE ORGANIZATIONAcrónimo: JQA

Dirección: 1-9-15 Akasaka, Minato-ku, Tokio 107-0052, Japón

Número de teléfono: +81-3 3416-0330

Número de fax: + 81-3-3416-5561

Dirección de correo electrónico: kondo-shigeyuki@jqa.jp

Dirección URL: http://www.jqa.jp/00english/english.html

Persona de contacto del OEC designado: Sr. KONDO Shigeyuki

Alcance del registro por lo que respecta a los productos y procedimientos de evaluación de la conformidad

Productos:

1) Equipos eléctricos de medición, control y uso en laboratorios

2) Receptores y equipos relacionados (excepto receptores de televisión)

3) Aparatos electrodomésticos, herramientas portátiles y equipos similares

4) Equipos informáticos

5) Productos eléctricos destinados a utilizarse en entornos residenciales, comerciales y de la industria ligera (distintos de los correspondientes a los puntos 1 a 4)

6) Productos eléctricos destinados a utilizarse en entornos industriales (distintos de los correspondientes a los puntos 1 a 4)

Procedimientos de evaluación de la conformidad:

Procedimientos de evaluación de conformidad previstos en la Directiva 89/336/CEE del Consejo, de 3de mayo de 1989, sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas a la compatibilidad electromagnética, y sus modificaciones

2) La presente Decisión, hecha por duplicado, será firmada por los copresidentes y surtirá efecto a partir de la fecha de la última firma.

Firmado en Tokio, el 16 de agosto de 2002.

En nombre de Japón,

Jun SHIMMI

Firmado en Bruselas, el 13 de noviembre de 2002.

En nombre de la Comunidad Europea

Joanna KIOUSSI

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