Decisión nº 1/2026 del Comité Mixto creado por el Acuerdo sobre la Retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, de 2 de febrero de 2026, por la que se incorpora un acto de la Unión recientemente adoptado al anexo 2 del Marco de Windsor [2026/1098].

Vigente Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2026-80716
Número oficial:
DOUE-L-2026-80716
Publicación:
19/05/2026
Departamento:
Unión Europea

Decisión n.o 1/2026 del Comité Mixto creado por el Acuerdo sobre la Retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica

de 2 de febrero de 2026

por la que se incorpora un acto de la Unión recientemente adoptado al anexo 2 del Marco de Windsor [2026/1098]

EL COMITÉ MIXTO,

Visto el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (1) (en lo sucesivo, «el Acuerdo de Retirada»), y en particular el artículo 13, apartado 4, del Marco de Windsor (2),

Considerando lo siguiente:

(1)

El artículo 13, apartado 4, del Marco de Windsor faculta al Comité Mixto creado en virtud del artículo 164, apartado 1, del Acuerdo de Retirada (en lo sucesivo, «el Comité Mixto») para adoptar decisiones por las que se incorporen actos de la Unión recientemente adoptados que entren en el ámbito de aplicación del Marco de Windsor a los anexos pertinentes de dicho Marco.

(2)

De conformidad con el artículo 166, apartado 2, del Acuerdo de Retirada, las decisiones adoptadas por el Comité Mixto son vinculantes para la Unión y el Reino Unido. La Unión y el Reino Unido deben ejecutar dichas decisiones, que tienen los mismos efectos jurídicos que el Acuerdo de Retirada.

(3)

Si bien el artículo 51 del Reglamento (UE) 2025/14 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, relativo a la homologación y la vigilancia del mercado de las máquinas móviles no de carretera que circulan por la vía pública y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1020 (3), es aplicable en virtud del artículo 13, apartado 3, del Marco de Windsor, el resto de las disposiciones de dicho Reglamento son disposiciones de un acto de la Unión recientemente adoptado que entran en el ámbito de aplicación del Marco de Windsor y que deben incorporarse al anexo 2 del Marco de Windsor.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El Reglamento (UE) 2025/14 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, relativo a la homologación y la vigilancia del mercado de las máquinas móviles no de carretera que circulan por la vía pública y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1020, se incorporará al anexo 2 de Marco de Windsor, bajo el punto 14 «Productos de construcción, maquinaria, transportadores por cable, equipos de protección individual».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su adopción.

Hecho en Londres, el 2 de febrero de 2026.

Maroš ŠEFČOVIČ

Por el Comité Mixto

Los copresidentes

Nick THOMAS-SYMONDS

(1)   DO L 29 de 31.1.2020, p. 7, ELI: http://data.europa.eu/eli/treaty/withd_2020/sign.

(2)  Declaración conjunta n.o 1/2023 de la Unión y del Reino Unido en el Comité Mixto creado por el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, de 24 de marzo de 2023 (DO L 102 de 17.4.2023, p. 87).

(3)   DO L, 2025/14, 8.1.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2025/14/oj.

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