Decisión nº 1/2025 del Comité Especializado en Comercio en materia de Cooperación Administrativa en lo que respecta al IVA y al Cobro de Impuestos y Derechos establecido por el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, de 31 de julio de 2025, por la que se modifica la Decisión nº 4/2023 sobre los modelos normalizados para la comunicación de información y datos estadísticos, la transmisión de información a través de la red CCN y las modalidades prácticas para la organización de los contactos entre las oficinas centrales de enlace y los servicios de enlace [2025/1755].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2025-81272
Número oficial:
DOUE-L-2025-81272
Publicación:
21/08/2025
Departamento:
Unión Europea

EL COMITÉ ESPECIALIZADO EN COMERCIO,

Visto el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra (1), y en particular su Protocolo relativo a la cooperación administrativa y la lucha contra el fraude en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido y a la asistencia mutua en materia de cobro de créditos correspondientes a determinados impuestos y derechos (en lo sucesivo, «Protocolo»), y en particular su artículo PVAT.39, apartado 2, letra d),

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo PVAT.39, apartado 2, letra d), del Protocolo relativo a la cooperación administrativa y la lucha contra el fraude en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido y a la asistencia mutua en materia de cobro de créditos correspondientes a determinados impuestos y derechos (en lo sucesivo, «Protocolo»), el Comité Especializado en Comercio en materia de Cooperación Administrativa en lo que respecta al IVA y al Cobro de Impuestos y Derechos (en lo sucesivo, «Comité Especializado en Comercio») debe establecer los modelos normalizados para las comunicaciones a que se refiere el artículo PVAT.19, apartado 1, a saber, solicitudes de información, intercambios espontáneos de información, investigaciones administrativas e información de retorno entre los Estados miembros de la Unión y el Reino Unido contemplados en el Protocolo.

(2)

Para la comunicación de solicitudes, información e información de retorno contemplada en el título II del Protocolo, las autoridades competentes utilizan los modelos normalizados que figuran en el anexo I de la Decisión nº 4/2023 del Comité Especializado en Comercio (2). Los modelos normalizados deben actualizarse periódicamente para que sigan siendo pertinentes y fáciles de usar por parte de las autoridades tributarias a efectos del Protocolo, para solicitar y proporcionar información sobre el IVA tras recibir una solicitud de información, así como para investigaciones administrativas e intercambios espontáneos de información.

(3)

Por consiguiente, es necesario modificar la estructura de los modelos normalizados e introducir nuevas rúbricas y secciones para adaptarlos al sistema de intercambio de formularios a que se refiere el anexo II de la Decisión de Ejecución C(2019) 2866 de la Comisión, modificada por la Decisión de Ejecución C(2024) 8903 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2024. Dicha modificación es necesaria para establecer un marco más idóneo que permita a ambas partes beneficiarse de la amplia gama de instrumentos que utilizan actualmente los Estados miembros de la Unión para la cooperación administrativa y el cobro de créditos.

(4)

Por ello, debe sustituirse el anexo I de la Decisión nº 4/2023.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I de la Decisión nº 4/2023 se sustituye por el texto del anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas y Londres, el 31 de julio de 2025.

Por el Comité Especializado en Comercio

Las Copresidentas

Valerie LEDURE

Rachel NIXON

 

(1)   DO L 149 de 30.4.2021, p. 10, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2021/689(1)/oj.

(2)  Decisión nº 4/2023 del Comité Especializado en Comercio en materia de cooperación administrativa en lo que respecta al IVA y al cobro de impuestos y derechos establecido por el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, de 19 de octubre de 2023, sobre los modelos normalizados para la comunicación de información y datos estadísticos, la transmisión de información a través de la red CCN y las modalidades prácticas para la organización de los contactos entre las oficinas centrales de enlace y los servicios de enlace [2023/2475] (DO L, 2023/2475, 9.11.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/2475/oj).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

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