EL CONSEJO DE ASOCIACIÓN UE-TURQUÍA,
Visto el Acuerdo por el que se crea una Asociación entre la Comunidad Económica Europea y Turquía (1),
Visto el Protocolo Adicional del Acuerdo por el que se crea una Asociación entre la Comunidad Económica Europea y Turquía (2), y en particular su artículo 35,
Considerando lo siguiente:
(1) La Decisión n.o 1/98 del Consejo de Asociación CE-Turquía (3) establece el régimen preferencial aplicable al comercio de productos agrícolas entre la Unión y Turquía. El Protocolo n.o 2 de la Decisión precisa el régimen preferencial aplicable a la importación en Turquía de productos agrícolas originarios de la Unión, incluyendo un régimen preferencial para la importación de carne de vacuno congelada.
(2) Tras haber mantenido consultas, la Unión y Turquía han acordado modificar el régimen preferencial aplicable a la importación en Turquía de carne de vacuno originaria de la Unión y hacer extensiva a la carne de vacuno fresca o refrigerada la cobertura del contingente arancelario vigente que se establece en el anexo del Protocolo n.o 2 de la Decisión n.o 1/98.
(3) Procede modificar, por lo tanto, el Protocolo n.o 2 de la Decisión n.o 1/98 del Consejo de Asociación CE-Turquía en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo del Protocolo n.o 2 de la Decisión n.o 1/98 queda modificado de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 27 de marzo de 2018.
Por el Consejo de Asociación UE-Turquía
La Presidenta
F. MOGHERINI
_____________
(1) DO L 361 de 31.12.1977, p. 29.
(2) DO L 361 de 31.12.1977, p. 60.
(3) Decisión n.o 1/98 del Consejo de Asociación CE-Turquía, de 25 de febrero de 1998, relativa al régimen comercial aplicable a los productos agrícolas (98/223/CE) (DO L 86 de 20.3.1998, p. 1).
ANEXO
Las entradas correspondientes al código NC 0202 20 del anexo del Protocolo n.o 2 de la Decisión n.o 1/98 se sustituyen por el texto siguiente:
«Código NC | Designación | Reducción de los derechos NMF (%) | Contingente arancelario (peso neto en toneladas) |
0201 20 0202 20 | Los demás trozos de carne de vacuno sin deshuesar, frescos, refrigerados o congelados | Reducción de un 50 % con un derecho máximo del 30 % | 5 000 |
0201 20 0202 20 | Los demás trozos de carne de vacuno sin deshuesar, frescos, refrigerados o congelados | Reducción de un 30 % con un derecho máximo del 43 % | 14 100 » |