EL CONSEJO DE ASOCIACIÓN UE-JORDANIA,
Visto el Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Jordania, por otra (en lo sucesivo, «Acuerdo»),
Considerando:
(1) | El Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Jordania, por otra, se firmó el 24 de noviembre de 1997 y entró en vigor el 1 de mayo de 2002. |
(2) | El artículo 91 del Acuerdo habilita al Consejo de Asociación para tomar las decisiones oportunas con el fin de alcanzar los objetivos del Acuerdo. |
(3) | El artículo 101 del Acuerdo Euromediterráneo prevé que las Partes adopten todas las medidas generales o específicas necesarias para cumplir sus obligaciones en virtud del Acuerdo y velen por que se logren los objetivos fijados en el mismo. |
(4) | Mediante la Decisión n.o 1/2016, de 19 de diciembre de 2016, el Consejo de Asociación UE-Jordania acordó las Prioridades de la Asociación para el período 2016-2018 con el objetivo de apoyar y reforzar la resiliencia y la estabilidad de la jordana y de abordar el impacto de la prolongada situación de conflicto en Siria. |
(5) | Sobre la base de una revisión de las Prioridades de la Asociación UE-Jordania, las Partes han convenido que las Prioridades de la Asociación tal como se acordaron en 2016 deben prorrogarse hasta el final de 2020, y que, durante el período 2019-2020, se lleve a cabo una revisión de las Prioridades de la Asociación y el Pacto UE-Jordania anejo a las mismas, según convenga. |
(6) | El artículo 10 del reglamento interno del Consejo de Asociación prevé la posibilidad de adoptar decisiones mediante procedimiento escrito entre las sesiones, si las Partes así lo acuerdan. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El Consejo de Asociación, mediante procedimiento escrito, decide que las Prioridades de la Asociación UE-Jordania anejas a la Decisión n.o 1/2016, de 19 de diciembre de 2016, se prorroguen hasta el 31 de diciembre de 2020.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 12 de diciembre de 2018.
Por el Consejo de Asociación
La Presidenta
F. MOGHERINI