Decisión nº 1/2015 del Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible UE-República de Moldavia, de 7 de julio de 2015, por la que se adopta el Reglamento interno del Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible [2015/1818].

Vigente Decisión Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2015-82051
Número oficial:
DOUE-L-2015-82051
Publicación:
09/10/2015
Departamento:
Unión Europea

EL SUBCOMITÉ DE COMERCIO Y DESARROLLO SOSTENIBLE UE-REPÚBLICA DE MOLDAVIA,

Visto el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra (1) (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 376,

Considerando lo siguiente:

(1)

Determinadas partes del Acuerdo deben aplicarse provisionalmente, de conformidad con su artículo 464, a partir del 1 de septiembre de 2014.

(2)

En virtud del artículo 376, apartado 3, el Acuerdo establece que el Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible deberá reunirse para supervisar la aplicación del capítulo 13 (Comercio y desarrollo sostenible) del título V (Comercio y cuestiones relacionadas con el comercio) del Acuerdo.

(3)

El artículo 376, apartado 3, del Acuerdo establece asimismo que el Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible ha de establecer su propio reglamento interno.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se adopta el reglamento interno del Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible, tal y como figura en el anexo.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Chișinău, el 7 de julio de 2015.

Por el Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible

El Presidente

Octavian CALMÎC

Viceministro de Economía de la República de Moldavia

Secretarios

Mihaela GORBAN

Jefa de División de coordinación de las políticas económicas de la UE y la ZLCAP, Ministerio de Economía de la República de Moldavia

Dániel KRÁMER

Responsable de políticas, unidad D1. Comercio y Desarrollo Sostenible, Dirección General de Comercio, Comisión Europea

___________

(1) DO L 260 de 30.8.2014, p. 4.

ANEXO

REGLAMENTO INTERNO DEL SUBCOMITÉ DE COMERCIO Y DESARROLLO SOSTENIBLE UE-REPÚBLICA DE MOLDAVIA

Artículo 1

Disposiciones generales

1. El Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible, creado de conformidad con el artículo 376 del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra («el Acuerdo»), prestará asistencia al Comité de Asociación, reunido en su configuración de comercio, conforme a lo dispuesto en el artículo 438, apartado 4, del Acuerdo, para el ejercicio de las funciones de dicho Comité.

2. El Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible deberá desempeñar las funciones descritas en el capítulo 13 (Comercio y desarrollo sostenible) del título V (Comercio y cuestiones relacionadas con el comercio) del Acuerdo.

3. El Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible estará compuesto por representantes de la Comisión Europea y de la República de Moldavia con responsabilidades en materia de comercio y desarrollo sostenible.

4. La presidencia del Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible será ejercida por un representante de la Comisión Europea o de la República de Moldavia con responsabilidades en materia de comercio y desarrollo sostenible, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.

5. En el presente Reglamento interno, el término «las Partes» se definirán con arreglo a lo dispuesto en el artículo 461 del Acuerdo.

Artículo 2

Disposiciones específicas

1. Los artículos 2 a 14 del reglamento interno del Comité de Asociación UE-República de Moldavia, se aplicarán, salvo disposición en contrario, en el presente Reglamento interno.

2. Las referencias al Consejo de Asociación se entenderán como referencias al Comité de Asociación, reunido en su configuración de comercio. Las referencias al Comité de Asociación o al Comité de Asociación, reunido en su configuración de comercio, se entenderán hechas al Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible.

Artículo 3

Reuniones

El Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible se reunirá cuando sea necesario. Las Partes tratarán de reunirse una vez al año.

Artículo 4

Modificación del reglamento interno

El presente Reglamento interno podrá ser modificado mediante decisión del Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible UE-República de Moldavia, de conformidad con el artículo 376 del Acuerdo.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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